BARCELONA, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -
Los sanitarios de los ambulatorios y hospitales del Instituto Catalán de la Salud (ICS) que tratan habitualmente con menores --aproximadamente la mitad de sus 40.000 trabajadores-- deberán acreditar que no tienen antecedentes por delitos sexuales mediante un certificado penal o un formulario, según una instrucción recogida por Europa Press.
Fuentes del ICS han explicado a Europa Press que la instrucción, sobre el requisito de acceso y ejercicio a los puestos de trabajo que implican contacto habitual con menores, se ha "acelerado" tras los casos de abusos sexuales denunciados en el colegio Maristas de Sants-Les Corts de Barcelona, si bien responde a la Ley orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor (LOPJM), han añadido.
Esta norma estatal establece como requisito de acceso a profesiones con contacto habitual con menores el hecho de "no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución, la explotación sexual, la corrupción de menores y el delito de tráfico de personas".
EL 80% DE AMBULATORIO
El ICS es la empresa más grande de Catalunya y gestiona el 80% de la red de atención primaria catalana a través de más de 400 centros de atención primaria (CAP), y el 10% de la red hospitalaria, con ocho centros de referencia.
La instrucción 1/2016, publicada en el DOGC, también responde a la convocatoria de oposiciones del ICS en las que oferta 340 puestos de trabajo de interinos, que deberán acudir a la sede del Ministerio de Justicia en Barcelona para recoger un certificado negativo del registro central de delincuentes sexuales que acredite que el profesional no ha sido condenado por alguno de los delitos que fija la LOPJM.
DECLARACIÓN JURADA PARA SANITARIOS EN EJERCICIO
El resto de profesionales sanitarios en ejercicio que traten con niños deberán entregar una "declaración responsable jurada o prometida" que acredite que el profesional no ha sido condenado por delitos contra la libertad sexual, y que autorice al ICS a comprobar la veracidad de la declaración, además de consentir que pida los datos que figuren en el registro central de delincuentes sexuales.
Fuentes del ICS han sostenido que si se tienen sospechas sobre algún profesional se contrastará el formulario de declaración jurada, pero no los facultativos en ejercicio no deberán presentar el certificado de los sanitarios que hayan aprobado las oposiciones porque "desbordaría los juzgados y no sería operativo", han argumentado.
REVISIÓN CADA TRES AÑOS
La instrucción implica a profesionales del ICS con funciones asistenciales y propias de las categorías profesionales que realizan tareas básicas de apoyo al personal asistencial que "mantengan un contacto habitual con menores" y, de forma específica, al desarrollo de cualquier función en el Hospital Maternoinfantil Vall d'Hebron por las peculiaridades de asistencia sanitaria de este centro.
En concreto, afecta a facultativos especializados en pediatría y al resto de categorías profesionales, tanto del área sanitaria como del área funcional de gestión y servicios, cuando los profesionales estén adscritos exclusivamente a servicios o unidades de pediatría, ya sean de atención primaria o especializada, concreta la resolución.
Según la instrucción, los centros sanitarios deberán revisar cada tres años como mínimo que los profesionales sanitarios de su plantilla cumplan los requisitos necesarios para ejercer la profesión de acuerdo con la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias y otras normas aplicables, con el fin de "determinar la continuidad de la habilitación para seguir presentado servicios de atención a los pacientes".