El TSJC archiva la causa contra Buch y Lloveras por desobediencia grave por el 1-O

El conseller Miquel Buch y la alcaldesa de Vilanova,  Neus Lloveras
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: lunes, 28 enero 2019 15:17

 Dice que actuaron en el ejercicio "de funciones no institucionales y eminentemente políticas"

BARCELONA, 28 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha archivado la causa contra el expresidente de la ACM y actual conseller de Interior, Miquel Buch, y la expresidenta de la AMI y alcaldesa de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), Neus Lloveras, por un presunto delito de desobediencia grave por su apoyo al 1-O.

Según ha informado este lunes el TSJC, el magistrado instructor Jordi Seguí archiva la causa porque considera que los comportamientos a los que hacía referencia la denuncia de la Fiscalía Superior de Catalunya, que presentó una querella por desobediencia, prevaricación y malversación en septiembre de 2017, "no supusieron la comisión de ningún delito".

"Ninguno de los actos objeto del presente procedimiento presenta las notas características del delito de desobediencia grave imputado a los investigados, lo que debe acarrear el archivo de las presentes diligencias previas", afirma el magistrado.

En su auto, recogido por Europa Press, el magistrado considera que al enviar un correo electrónico a los asociados de la AMI y la ACM con carteles alentando ir a votar el 1-O y a votar 'sí', actuaron "en el ejercicio de funciones no institucionales y eminentemente políticas" ya que no lo hicieron en su condición de alcaldes.

En su decisión, el tribunal descarta que dos correos electrónicos enviados por Buch como presidente de la ACM y por Lloveras como presidenta de la AMI, y un tercero de esta última, los días 6, el 10 y el 12 de septiembre de 2017, sean constitutivos de un delito de desobediencia grave, y tiene en cuenta que dos de ellos fueron enviados antes de que los dos alcaldes fueran apercibidos por el Tribunal Constitucional (TC).

Según el auto de archivo, el TC advirtió a todos los alcaldes catalanes de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa para impulsar el 1-O, apercibiéndoles de las eventuales consecuencias y, en concreto, le fue notificado a Buch el 12 de septiembre a las 10.30 horas y a Lloveras ese día a las 11 horas.

Buch y Lloveras declararon ante el TSJC como investigados el 6 de noviembre y defendieron que no desobedecieron al Constitucional y que solo hicieron recomendaciones y nunca dieron órdenes a los alcaldes, y el exalcalde de Premià de Mar valoró ante los medios: "Estamos convencidos de lo que hicimos y de que no cometimos ningún delito".

Lloveras por su parte dijo que la AMI y la ACM son espacios de debate político y que, con los tres correos electrónicos que están bajo sospecha en la causa, se limitaban a "hacer política", expresar opiniones y voluntades, y posicionarse sobre temas de actualidad.

MAILS BAJO SOSPECHA

El TSJC descarta que el correo electrónico de Lloveras a los integrantes de la AMI con el informe del grupo Secretaris, Interventors i Tresorers d'Administració Local per la Independència (SITxCAT), sobre las consecuencias para ayuntamientos en caso de desarrollar actos de ejecución respecto a las leyes y decretos suspendidos, tenga "sustancia penal" porque fue un acto informativo y antes de que la alcaldesa hubiera sido notificada.

Sobre el primero de los emails enviado por los dos dirigentes a sus asociados, el 23.31 horas del 6 de septiembre, en el que proponían la firma de un decreto de alcaldía de apoyo al 1-O y pedían celeridad para responder sobre disponibilidad de locales, cree que no supone una "abierta negativa al cumplimiento de un todavía inexistente mandato judicial prohibitivo de la celebración del referéndum".

Subraya que, además, se hizo antes del apercibimiento: "Esta última circunstancia cronológica impide considerar que esa comunicación electrónica revele una negativa franca, clara, patente, evidente o inequívoca a un mandato judicial, tal como requiere la desobediencia grave".

El tercer correo, enviado esta vez sí la tarde después del apercibimiento, en el que se enviaban modelos de carteles de fomento de la participación y pidiendo el 'sí' a la consulta, el juez tampoco lo considera delictivo, puesto que no lo enviaron en su calidad de alcaldes --el ámbito de sus competencias expresamente concernido por la advertencia del TC-- sino en el ejercicio de sus funciones "no institucionales y eminentemente políticas".

Además, tiene en cuenta que previsiblemente los carteles fueron encargados por la AMI y la ACM antes de la notificación personal y que además la comunicación solo daba cuenta de una actuación anterior "que no había de producir efecto alguno inmediato tangible, pues la recogida y la exhibición pública de los carteles quedaba pospuesta para los días venideros".