Actualizado 08/12/2022 15:09

La vicepresidenta de Ceuta pide no ser juzgada por deportar niños marroquíes porque fue un "mandato" de Marlaska

Archivo - Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz.
Archivo - Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz. - EUROPA PRESS - Archivo

CEUTA, 8 Dic. (EUROPA PRESS) -

La defensa de la vicepresidenta primera del Gobierno de Ceuta, Mabel Deu (PP), encausada por la expulsión a Marruecos en agosto de 2021 de 55 menores no acompañados al margen de lo previsto en la Ley de Extranjería, ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz contra su procesamiento en el que alega que se limitó a cumplir "un verdadero mandato" de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, y que toda su actuación se realizó "en cumplimiento del mismo". Desde su punto de vista, está sufriendo una "innecesaria pena de banquillo" y la causa debería ser archivada porque no merece reproche penal.

El escrito de Deu recuerda que el escrito sin firma procedente de la Secretaría de Estado que recibió el 10 de agosto "rogando" el inicio de las repatriaciones de niños migrantes solos "por indicación del ministro del Interior", aunque "respetando sus derechos e intereses", procedía de dos altos cargos, Rafael Pérez y Fernando Grande Marlaska, "magistrados de profesión y por lo tanto con amplios conocimientos jurídicos".

La también consejera de Presidencia estima que ello le hizo entender que el procedimiento articulado al margen de la legislación española estaba "plenamente amparado en Derecho", por lo que colaboró "convencida de la regularidad del proceso a pesar de la novedad del mismo y la sorpresa que supuso la excepcional receptividad del Estado marroquí para implementarlo".

La jueza instructora de la causa abierta a instancias de la Fiscalía ha apreciado la existencia de indicios suficientes para sentar en el banquillo a Deu y a la exdelegada del Gobierno en Ceuta, Salvadora Mateos, por un presunto delito de prevaricación administrativa continuada en calidad de cooperadora necesaria y autora material, respectivamente.

Según su auto de procedimiento abreviado, ambas prescindieron "a sabiendas" para deportar a los menores "de cualquier procedimiento y del dictado de la preceptiva resolución individualizada acorde con la legalidad nacional e internacional de protección de los derechos de los menores".

"Con su arbitrario proceder", estima la magistrada, "hicieron absoluta dejación del deber de protección de los menores afectados que la legislación les atribuía en sus respectivas competencias, poniendo en riesgo su integridad física y moral, ocasionando un resultado materialmente injusto, sin que exista justificación para ello, ni siquiera la situación de excepcionalidad".

Los abogados de Deu, que en la fase de instrucción pidieron sin éxito que se llamase a Marlaska a declarar en calidad de testigo, estiman que no tuvo ninguna "participación esencial" en el "retorno asistido" de los niños, y que no firmó más que resoluciones "de mero trámite".

"Por mucha voluntad que tuviesen consejera y delegada de ejecutar retornos de menores a Marruecos, la decisión se adopta a otro nivel y de común acuerdo entre dos Estados soberanos", añade el recurso, que tampoco niega una actuación ilegal "evidente, patente, flagrante y clamorosa" por parte de Deu, y advierte que tampoco existe "prueba alguna" que atribuya a la exdelegada, cesada a finales de octubre, "la autoría de la decisión".

COMO "REAGRUPACIONES FAMILIARES"

El escrito defiende que no se puede afirmar la existencia de "deficiencias sistémicas" en la protección de Marruecos a sus menores nacionales, y equipara las devoluciones practicadas no a "repatriaciones", sino con las "reagrupaciones familiares" que tramita el Servicio de Protección a la Infancia de Ceuta.

De acuerdo con su interpretación, "después de las gestiones a niveles de las más altas esferas en materia de relaciones internacionales", lo que se produjo fue el "retorno asistido" de menores a Marruecos "de Estado a Estado sin ruptura de cadena de protección y custodia, en un hito histórico sin precedentes hasta la fecha por las complejas circunstancias geopolíticas que son de todos conocidas".

Para terminar, el recurso defiende que la expulsión de 55 años dio, al menos en los casos conocidos, un resultado "inicialmente óptimo, produciéndose su efectiva reagrupación familiar en un contexto exento de riesgo aparente alguno para su integridad física o moral".

A su juicio, los chicos retornados volvieron a "familias estructuradas" en "viviendas dignas con todos los servicios" y "padres protectores que les proveen de todos los sustentos básicos contando con el imprescindible dispositivo móvil y conexión a Internet que hoy en día parece vital para la juventud".

Al menos seis de los 55 menores expulsados han logrado retornar a territorio español durante los últimos meses, y los dos que han declarado como testigos en la fase de instrucción han negado que quisieran ser devueltos a su país y han asegurado que "nadie" les informó de sus derechos.

La Justicia ya ha condenado tanto en primera como en segunda instancia la actuación de las dos administraciones porque estuvo "exento de las mínimas garantías procedimentales exigibles, conjuró una situación objetiva de riesgo relevante para la integridad física o moral de los menores afectados".

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