El Supremo establece que la mera posesión ilegal de animales protegidos es delito

Europa Press Ciencia
Actualizado: lunes, 17 diciembre 2001 20:34

MADRID, 17 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha establecido en una

sentencia que la mera posesión o tenencia ilegal de ejemplares de

especies animales amenazadas es un delito contra la fauna en grado de

tentativa, y no sólo una infracción administrativa.

El Supremo estima los recursos presentados por la Fiscalía, la

Sociedad Española de Ornitología y la asociación ecologista "Dalma",

contra la sentencia de la Audiencia de Gualajara que absolvió, en

julio de 1999, al propietario de una finca en la que la Guardia Civil

se incautó de cinco halcones peregrinos.

El alto tribunal revoca el fallo y condena a José G.M., criador de

aves rapaces y propietario de la finca de Pastrana (Guadalajara)

donde aparecieron los halcones, al pago de una multa de 240.000

pesetas y a un año y medio de inhabilitación especial para el

ejercicio del derecho de cazar.

La sentencia expone que la posesión de especies protegidas sin la

correspondiente autorización administrativa no está incluida en el

delito contra la fauna, que menciona expresamente la persecución del

tráfico y comercio de estos animales.

Sin embargo, entiende que la tenencia ilícita debe considerarse

delito en grado de tentativa, máxime cuando el acusado es un criador

profesional, ya que "la inferencia no puede ser otra que la

existencia del elemento subjetivo consistente en su voluntad de

vender o traficar con los halcones intervenidos", y si no lo hizo

finalmente fue gracias a la actuación de la Guardia Civil.

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(EUROPA PRESS)

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