Actualizado 08/07/2004 19:35
- Comunicado -

El Tribunal de Defensa de la Competencia estima el recurso del Grupo Leche Pascual contra Danone

MADRID, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal rechaza la inadmisión inicial del Servicio de Defensa de la Competencia al barruntar infracción de la libre competencia por parte de Danone en el sector de los yogures

Madrid, 8 de julio de 2004.- Un estudio científico del Hospital Ramón y Cajal prueba que los efectos del yogur tradicional y el yogur pasteurizado son los mismos, al no existir diferencias en los efectos microbiológicos, inmunológicos y de bienestar digestivo derivados del consumo de yogur pasteurizado o tradicional en personas sanas. El Ministerio de la Presidencia aprobó en el año 2002 la denominación yogur pasteurizado después de la fermentación en la Norma de Calidad del Yogur. Esta decisión fue refrendada en 2003, adecuando la normativa española a las legislaciones de países punteros en materia de defensa de los derechos de los consumidores, tales como Estados Unidos, Reino Unido, Holanda, Alemania, Canadá y Australia.

Sin embargo, desde el momento de aprobación de la norma, el Grupo Leche Pascual se ha visto obligado a hacer frente no sólo a las barreras de entrada propias del mercado, sino también a las dificultades adicionales que le imponen una serie de prácticas excluyentes. Por este motivo la compañía presentó en mayo de 2003 una denuncia ante el Servicio de Defensa de la Competencia contra la estrategia emprendida por la Asociación Española de Fabricantes de Yogur (AEFY) y, en particular, por Danone, S.A., abusando de su posición de dominio con el fin de impedir la entrada y consolidación en el mercado español del yogur pasteurizado después de la fermentación.

Sobre la base de estas acusaciones, el Tribunal de Defensa de la Competencia ha estimado la denuncia del Grupo Leche Pascual, S.A. contra la (AEFY) y contra Danone, S.A por la práctica de conductas prohibidas en la Ley de Defensa de la Competencia. La decisión del Tribunal refuerza el fallo del Tribunal Supremo, que desestimó en diciembre de 2003 la petición de suspensión cautelar del Real Decreto 179/2003 que regula la norma de calidad del yogur.

Cadena de frío.

El yogur pasteurizado de larga vida es un producto innovador producido con la tecnología más moderna en el sector lácteo, que no necesita ser conservado a bajas temperaturas y por ello puede ser almacenado y distribuido independientemente de la cadena de frío, con el consiguiente ahorro energético. En este sentido, el Grupo Leche Pascual fue el primero en comercializar leche uperisada de larga vida causando dos efectos: un incremento del consumo de leche en España y un considerable ahorro energético al país al no precisar la gran distribución cámaras expositoras de frío para almacenar y vender la leche. El mismo efecto se producirá en el futuro en el sector de los yogures.

Por otra parte, el yogur de larga vida conserva sus propiedades intactas durante más de tres meses, frente a los 28 días del yogur de corta vida, y produce los mismos efectos sobre el organismo gracias a su proceso de fermentación, que hace que el yogur pasteurizado sea más digestivo que la leche. Por tanto, los yogures pasteurizados o de larga vida tienen un menor coste para el consumidor y distribuidor, son fácilmente manejables, cuentan con un período de conservación más largo y no ofrecen riesgos de contaminación alimentaria ni medioambiental.

EMISOR: Grupo Leche Pascual.

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Ángel Palencia / Susana Sedano / Carolina Samper.

Telf. 91 359 26 00.

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