Foto: JLBORT/CONSELLERIA EDUCACIÓN
VALENCIA, 14 May. (EUROPA PRESS) -
Los centros de Educación Infantil y Primaria de la Comunitat Valenciana que deseen implantar la jornada continua deberán asegurar la apertura hasta las 17.00 horas y las actividades que pongan en marcha después de los períodos lectivos y de comedor no tendrán coste ni para las familias ni para la administración.
Así figura en la 'Guía para la solicitud de la jornada continuada en Infantil y Primaria dentro del contrato programa', que ha elaborado la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y que será tratada en una reunión que se celebrará este jueves, 16 de mayo, a la que han sido convocados los sindicatos docentes presentes en Mesa Sectorial y los colectivos de padres de alumnos Covapa, Concapa y Gozalo Anaya, han señalado a Europa Press desde el departamento de Campanar.
El objetivo de este encuentro en que los representantes sindicales y de los progenitores realicen, si lo consideran oportuno, aportaciones a esta guía, que será la "base" de la regulación de la jornada continua escolar en la Comunitat Valenciana.
En este sentido, fuentes de la Conselleria de Educación han explicado que lo que se pretende con estas directrices es regular la posibilidad de implantar un tipo de jornada que ha sido reivindicada durante mucho tiempo por distintas entidades sindicales.
Agregan que la pretensión de la administración no es que se aplique este tipo de jornada sino, simplemente, abrir esa posibilidad dentro de la "autonomía organizativa de los centros escolares".
Para ello, los colegios interesados en acogerse a esta alternativa tendrán que cumplir una serie de requisitos mínimos. De este modo, la jornada escolar estará comprendida entre las 09.00 y las 17.00 horas. Excepcionalmente se podrá solicitar el inicio de dicha jornada a las 8.30 pero en ningún caso se podrá iniciar después de las 09.00 ni finalizar antes de las cinco de la tarde. En los meses de septiembre y junio, la jornada será de 09.00 a 13.00 horas.
El transporte escolar se prestará antes del inicio y a la finalización de la jornada escolar. Asimismo, la jornada lectiva se situará al inicio de la jornada escolar y comprenderá cinco periodos lectivos e incluirá como mínimo un descanso de 30 minutos. Los períodos mínimos, tanto para el servicio de comedor como para las actividades complementarias serán de 1 hora y 30 minutos como mínimo para cada uno de ellos. Estas actividades no podrán conllevar gasto ni para la administración ni para las familias.
Todos los proyectos presentados deberán ser autorizados provisionalmente por una comisión mixta, formada por personal de la Dirección General de Centros y Personal Docente, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística y de la Inspección de Educación.
Una vez autorizado provisionalmente el proyecto, los centros deberán someterlo a su aprobación por parte de las familias, para ello seguirán informarán debidamente a los padres del nuevo horario que se pretende aprobar, así como de las actividades previstas en el proyecto. Para este fin, desde la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte se confeccionará un modelo con la información mínima necesaria que deberá ser difundida entre las familias.
El Consejo Escolar, designará una comisión de al menos seis componentes, formada por miembros del claustro y de los representantes legales del alumnado, con una distribución paritaria de representantes de ambos colectivos. Esta comisión convocará, organizará y coordinará la votación entre los representantes legales del alumnado.
El censo se confeccionará con los representantes legales del alumnado una vez finalizada la matrícula, dado que necesariamente deberá incluir los alumnos admitidos y matriculados para el curso 2013-14. Para aprobar el proyecto se requerirá la participación de más de la mitad del censo de los representantes legales del alumnado y a su vez que al menos el 85% de los votos sean positivos. La autorización tendrá la duración de un curso escolar.
COMEDOR Y TRANSPORTE, GARANTIZADOS
La guía establece también que aquellos centros que soliciten como medida organizativa la jornada continuada presentarán, además del plan de actuación del Contrato Programa completo, un anexo separado. Este proyecto, como mínimo, deberá de recoger los siguientes apartados: justificación; horario de los periodos lectivos del alumnado, que constituye la jornada escolar de obligada permanencia en el centro para el alumnado; planificación de los servicios complementarios de comedor y transporte, que estarán garantizados; y planificación y horario específico de las actividades que se ofertarán al alumnado después de los periodos lectivos y de comedor hasta la finalización de la jornada escolar de apertura obligatoria del centro. Estas actividades serán de oferta obligada para el centro y voluntarias y gratuitas para las familias.
También se especificará la financiación de las actividades propuestas y, si es el caso, entidades colaboradoras en su realización, así como la organización de los horarios de salida de los alumnos una vez finalizada la jornada escolar de obligada permanencia en el centro o el comedor escolar, el personal del centro que participará en dichas actividades y los mecanismos de supervisión y evaluación del proyecto.
ANPE CELEBRA LA PUBLICACIÓN DE DIRECTRICES'
Sobre este asunto, el sindicato ANPE ha expresado su satisfacción por la publicación de estas directrices. "Gracias a nuestra histórica y constante reivindicación; continuaremos con nuestra labor reivindicativa mejorando las condiciones iniciales y asesorando a los múltiples centros que ya han solicitado nuestra ayuda, así como al resto", han afirmado desde esta organización.