ALICANTE 14 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número 4 de Alicante ha condenado al jefe del apeadero de cercanías de San Gabriel en Alicante, y al presidente y al secretario de la 'Unión Excursionista de Elche' al pago de una multa de 2.880 euros cada uno por una falta de imprudencia leve con resultado de muerte y siete faltas de lesiones, a causa de un atropello por un tren de largo recorrido a un grupo de excursionistas en 2002, que se saldó con la muerte de tres personas.
La titular del Juzgado ha estimado que estos tres acusados son responsables de una falta de imprudencia leve, por la que condena a cada uno al pago de una multa de 360 euros, y de siete faltas de lesiones por la que deberán pagar 2.520 euros. Así mismo, ha absuelto al conductor del tren de los delitos que se le imputaban.
Además, la sala ha entendido que "por vía de responsabilidad civil, y de forma solidaria" los acusados deberán abonar a los heridos y a los familiares de los fallecidos un total de 246.942 euros más intereses, indemnización "respecto de la que se declara la responsabilidad civil directa de las compañías aseguradoras Mapfre y Allianz", y la responsabilidad subsidiaria a Adif y 'Unión Excursionista de Elche'.
Durante la celebración del juicio se llegó a un acuerdo de conformidad entre las partes, por lo que el jefe del apeadero y los dos responsables de la agrupación excursionista aceptaron las faltas por las que han sido condenados, sin embargo, no se alcanzó ningún acuerdo respecto de las responsabilidades civiles.
En este sentido, la sentencia recoge que la póliza de seguro contratada por Mapfre con Adif incluye un apartado, en los riesgos cubiertos, en el que se manifiesta que en cada siniestro amparado por la póliza, "serán por cuenta del asegurado principal, en concepto de franquicia o deducible, los primeros 1.202.000 euros".
Así, la juez entiende que "Adif estaría obligado a abonar los primeros 1.202.000 euros objeto de indemnización" y que "la responsabilidad de Mapfre y Adif es una responsabilidad solidaria, y ambos deben responder y pagar --Adif como responsable subsidiario y Mapfre como responsable civil directo-- de forma solidaria, con independencia de que posteriormente Mapfre reclame o repita contra Adif esa cantidad que queda obligada a abonar en virtud de la franquicia mencionada".
De este modo, el Juzgado ha indicado que deberán responder de la indemnización por vía civil el jefe del apeadero de cercanías de San Gabriel en Alicante, y el presidente y el secretario de la 'Unión Excursionista de Elche' "en virtud de su responsabilidad penal", y Adif y la 'Unión Excursionista de Elche' "como responsables civiles subsidiarios" y Mapfre y Allianza "como responsables civiles directos".
Los hechos ocurrieron el 28 de septiembre de 2002, cuando 147 personas participaban en una marcha excursionista. El grupo se encontraba en la estación de cercanías de San Gabriel, donde esperaron más de dos horas a que finalizara el servicio de trenes en esta línea ferroviaria previsto para las 22.14 horas, según entendieron los responsables de la agrupación excursionista por un error.
El objetivo de la espera era cruzar sin riesgo un puente ferroviario que se encontraba en las inmediaciones de esta estación de cercanías, a la altura de la zona alicantina de Agua Amarga. No obstante, los excursionistas no conocían el paso de un tren de largo recorrido que circulaba entre Barcelona y Murcia y cuya circulación estaba prevista para más tarde de las 22.14 horas.
Así, el grupo se encontraba caminando por las vías férreas cuando fueron arrollados por el convoy. A causa del choque, tres personas fallecieron --un hombre, una niña de 12 años y su madre-- y varios excursionistas más resultaron heridos de diversa consideración.