Interceptado un conductor por circular 27 kilómetros en sentido contrario en la A-33 y A-35, en Moixent

El infractor arrojó un resultado positivo en la prueba indiciaria de drogas que se encuentra pendiente de confirmación por el laboratorio

Interceptado un conductor de un turismo con caravana por circular en sentido contrario en Moixent.
Interceptado un conductor de un turismo con caravana por circular en sentido contrario en Moixent. - GUARDIA CIVIL DE VALENCIA
Europa Press C. Valenciana
Publicado: sábado, 11 abril 2026 10:44

   VALÈNCIA, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

   La Central Operativa de Tráfico (COTA) ha interceptado el pasado jueves a un conductor de un turismo con remolque caravana por presuntamente circular en sentido contrario en la A-33 y A-35 a la altura de Moixent (Valencia). Los efectivos acudieron al lugar luego de recibir varias llamadas al Centro de Emergencias de la Comunidad Valenciana - 112.

   Así, se movilizaron dos patrullas: una del Destacamento de Tráfico de Xàtiva y otra de Alzira (Valencia) que gracias a su eficaz actuación interceptaron y retiraron de la A-35 al conjunto de vehículos implicados a la altura del mencionado municipio, tras haber recorrido finalmente una distancia aproximada de 27 kilómetros.

   Gracias a la intervención, se finalizó la grave situación de peligro que supone la circulación en sentido contrario nocturna por una autovía, según ha apuntado la Guardia Civil en un comunicado.

   El conductor resultó ser un varón de 64 años a quien un Equipo de Investigación de Sinestros Viales de Gandia (Valencia) procedió a su investigación como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial, al conducir un vehículo a motor con temeridad manifiesta y bajo influencia de drogas, tras arrojar resultado positivo en la prueba indiciaria de drogas, pendiente de confirmación por el laboratorio.

   El Código Penal prevé penas por la comisión de un delito de conducción con temeridad manifiesta y poner en peligro la vida o la integridad de las personas, recogido en el artículo 380.1, que consisten en prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.

   A su vez, el citado texto legal, por la comisión de un delito de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas, recogido en el artículo 379.2, prevé pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

   Las diligencias instruidas fueron entregadas en el Juzgado en funciones de guardia de Xàtiva (Valencia). Con todo, la Guardia Civil recuerda que la conducción bajo los efectos del alcohol representa un grave riesgo para la seguridad vial, al ser una de las principales causas de siniestros viales que además puede conllevar a la pérdida de vidas humanas irreparables.

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