El juez acuerda crear una pieza separada para Vicente Ros y su esposa por un delito de insolvencia punible

Actualizado: miércoles, 14 noviembre 2012 15:53

VALENCIA, 14 Nov. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha acordado crear una pieza separada para estudiar un posible delito de insolvencia de responsable delictivo para eludir responsabilidades civiles --conocido como delito de insolvencia punible-- atribuido a uno de los gerentes de la empresa Notec, Vicente Ros, y a su esposa, Vicenta José Fortuny.

Así consta en un auto --facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana-- con fecha 13 de noviembre, contra el que cabe interponer tanto recurso de reforma como de apelación.

Este escrito se centra en los imputados Vicente Ros --titular de la sociedad que participó en la gestión de los lodos de la depuradora de Pinedo-- y su esposa. Sobre los mismos, el pasado 19 de abril de 2012 se acordó recibirles declaración, en calidad de imputados, por un presunto delito de alzamiento de bienes.

La imputación de ambos se produjo en base a un informe del ministerio fiscal, que advertía de que Ros y su mujer podían estar desviando su patrimonio, a través de donaciones y otros mecanismos, con el objeto de eludir el pago de la responsabilidad civil.

En septiembre, el letrado de Vicenta José Fortuny interesó la formación de una pieza separada tanto para su representada como para su marido, y tras escuchar a las partes, el magistrado instructor acordó el 16 de octubre formar esta pieza separada para la instrucción y, en su caso, enjuiciamiento de los hechos atribuidos y que pueden ser constitutivos de un delito de alzamiento de bienes.

En esta misma resolución, el juez pedía a las partes del procedimiento que indicasen, en el plazo de 10 días, los testimoniados que querían que se unieran a esta pieza separada. Tras este paso, el magistrado acaba de ordenar la creación de esta pieza con lo solicitado.

Para crear esta pieza, el magistrado se sustenta en el artículo 762-6ª, ya que, --expone-- aún existiendo relación de conexidad entre los hechos atribuidos a los imputados y los investigados en el grueso del caso, éste cuenta ya con más de 115.000 folios y la tramitación independiente del procedimiento separado "permitiría simplificar y activar la causa principal", mantiene.

Asimismo, entiende que nos encontramos ante la "necesidad" de investigar unos hechos atribuidos a dos personas, una de las cuales --la mujer-- es "completamente ajena" al procedimiento principal, "amén de tratarse de hechos acaecidos en distinto tiempo y lugar a los investigados" en el grueso de la causa, lo que "hace aconsejable su tramitación de forma independiente".

El juez indica que el órgano encargado del enjuiciamiento de esta causa separada sería, en su caso, el juez de lo Penal que, "en ningún caso sería competente para el enjuiciamiento de un delito agravado de malversación de caudales y otros, objeto de investigación en las diligencias previas".