La jueza de las VPP de Alicante deniega que la Generalitat se persone como acusación particular en la causa

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Europa Press C. Valenciana
Publicado: martes, 19 mayo 2026 20:15

   ALICANTE, 19 May. (EUROPA PRESS) -

   La jueza que investiga las adjudicaciones de viviendas de protección pública (VPP) en el residencial Les Naus de Playa de San Juan, en Alicante, ha denegado la personación de la Generalitat Valenciana como acusación particular en el procedimiento.

   El gobierno autonómico remitió hace unas semanas a la magistrada de la causa esa solicitud argumentando que quería "no ser un mero testigo del proceso penal" y "poder intervenir activamente como parte procesal afectada".

   En la fundamentación de esa decisión, consultada este martes por Europa Press, la jueza señala que, "conforme a lo dispuesto en los artículos 101 y 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la legitimación para el ejercicio de la acusación particular exige la condición de perjudicado directo por el hecho delictivo, no siendo suficiente la invocación de un interés genérico en la legalidad o en el correcto funcionamiento de la Administración".

   Y añade que "la jurisprudencia del Tribunal Supremo viene reiterando que las Administraciones Públicas únicamente pueden ejercer la acusación particular cuando acrediten un perjuicio concreto, real y directo derivado del delito investigado".

   Del mismo modo, entiende que, "en el presente caso, del examen de las actuaciones no resulta acreditado que la Generalitat Valenciana haya sufrido un perjuicio patrimonial, personal o institucional directo como consecuencia de los hechos objeto de investigación, limitándose su solicitud a invocar un interés genérico en la persecución del ilícito penal".

   "Tal interés, aun legítimo, no confiere por sí solo legitimación para el ejercicio de la acusación particular, pues supondría desnaturalizar dicha figura procesal y solaparla con la función constitucionalmente atribuida al Ministerio Fiscal", agrega.

"EVIDENTE CONFLICTO DE INTERESES"

   Del mismo modo, la jueza afirma que "a ello se añade que concurre en el presente supuesto un evidente conflicto de intereses, en la medida en que la Generalitat Valenciana aparece vinculada funcional u orgánicamente a los hechos y personas investigadas, o bien ostenta competencias relacionadas con el ámbito material en el que aquellos se produjeron".

   Al respecto, indica: "Esta circunstancia compromete la exigencia de objetividad que debe presidir la actuación de las Administraciones Públicas y resulta incompatible con el ejercicio de la acción penal como parte acusadora, pudiendo generar una quiebra del principio de igualdad de armas y del derecho a un proceso con todas las garantías".

   "Por todo ello, procede denegar la personación interesada, sin perjuicio de la intervención que legalmente corresponde al Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público", concluye.

   Cabe recordar que la acusación popular que ejerce el partido Ciudadanos en la causa pidió a la jueza que denegara a la Generalitat su petición de personarse en el procedimiento como acusación particular.

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