La Junta Electoral dice que 'Bon dia' de Canal 9 no incumple los principios de pluralismo y neutralidad

Actualizado: sábado, 9 abril 2011 20:08

VALENCIA, 9 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral de la Comunitat Valenciana ha acordado declarar que "no procede considerar incumplido" por la dirección de Radio Televisió Valenciana (RTVV) "los principios de pluralismo y neutralidad informativa" en el programa 'Bon Dia Comunitat Valenciana'.

El órgano electoral, constituido de cara a los comicios del próximo 22 de mayo, ha adoptado este acuerdo tras una queja presentada por el PSPV contra la dirección del ente público valenciano por la emisión, dentro del programa 'Bon Dia' del pasado miércoles, de una tertulia "de contenido político" que, según los socialistas, "constituye una vulneración de la pluralidad y la neutralidad informativa".

La Junta Electoral explica en su escrito que el Tribunal Supremo ha sentado doctrina declarando que "debe tener en cuenta que la libertad de expresión, según la propia naturaleza, comprende la crítica de la conducta del otro, aun cuando sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a aquel contra quien se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática".

La entidad electoral señala que esta amplitud "se refuerza, más aún, en el ámbito de la polémica política en el que las afirmaciones, en ocasiones excesivas, suelen estar compensadas por otro tipo de excesos propios del debate político entre diversas fuerzas enfrentadas".

Asimismo, añade que es competencia de la administración electoral "velar durante todo el periodo electoral por el cumplimiento de estos principios que garantizan, en los términos de la legislación electoral, la transparencia y objetividad del proceso electoral y el principio de igualdad".

Al respecto, destaca que, "en la búsqueda de la garantía de estos principios básicos", determinadas informaciones que "aisladamente consideradas, no conducirían a una declaración de incumplimiento de la proporcionalidad, equidad, pluralismo y neutralidad informativa, ni justificarían declarar producida una vulneración de la Loreg y una infracción electoral", podrían ser interpretadas de modo diferente "valoradas en el contexto de una secuencia de actuaciones reiteradas en la misma línea".

Por todo ello, la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana ha acordado declarar que "no procede considerar incumplido" por la dirección de RTVV "los principios de pluralismo y neutralidad informativa" en base al caso concreto al que hace referencia laqueja del PSPV, es decir al programa 'Bon Dia Comunitat Valenciana' del pasado miércoles.