Archivo - Ciudad de la Justicia de Castellón - GVA - Archivo
CASTELLÓ 18 Jun. (EUROPA PRESS) - -
El juzgado contencioso-administrativo, tras una demanda de la sección sindical de CCOO del departamento de Salud de Castellón, ha fallado a favor de reconocer el derecho de una Técnica en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE) que prestaba sus servicios en el Hospital la Magdalena a cobrar los complementos de noches y festivos mientras estuvo en situación de IT -Incapacidad Temporal-.
La jueza insiste en que estos son parte de su jornada ordinaria, ya que trabaja con turnos rotatorios, y como tal, debe percibirlos al estar de baja, según ha explicado el sindicato en un comunicado.
La trabajadora, que es personal fijo de naturaleza estatutaria, presta servicios en horario nocturno y en días festivos como condición ordinaria y habitual de la jornada laboral. Así, percibe en su nómina de forma fija y periódica los complementos de nocturnidad y festividad -conceptos de noche festiva, noche laborable, festivos especiales y festivos-, entre otros.
La Conselleria de Sanidad no ha abonado dichos complementos durante los dos periodos en los que la trabajadora estuvo de incapacidad temporal aunque ella lo solicitó en varias ocasiones, según CCOO, que ha añadido que tampoco le han reconocido el derecho a percibir, en las pagas extraordinarias de junio y diciembre, los complementos de nocturnidad, festividad y turnicidad, con el abono de los atrasos.
La sentencia hace hincapié en que la diferencia está en si los servicios nocturnos o festivos se presentan fuera de la jornada ordinaria o no y si su cobro se integra en la nómina como un concepto retributivo permanente. En esta línea, hay sentencias previas del Tribunal Supremo que sientan jurisprudencia e incluso, una del Tribunal Superior de Justicia de Galicia por el caso similar de un bombero, ha destacado CCOO.
La sentencia, contra la que cabe recurso, condena a la Conselleria de Sanidad al pago de las cantidades correspondientes a los complementos mientras que estuvo de baja, más el interés legal, con expresa imposición de costas, ha concluido el sindicato.