El Síndic insta a Economía a pagar una subvención de 4.320€ concedida en 2011 a un trabajador textil mayor de 55 años

El Síndic De Greuges, José Cholbi
SÍNDIC DE GREUGES
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 21:15

VALENCIA, 21 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha instado a la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo a que abone una subvención por importe de 4.320,31 euros concedida en 2011 a un trabajador excedente del sector textil.

En su resolución, consultada por Europa Press, sugiere a la Conselleria que, "con la mayor brevedad posible, proceda al abono de la subvención", destinada a facilitar la reinserción laboral de trabajadores excedentes detextil o confección de 55 o más años, o "establezca una fecha aproximada o un calendario para su pago".

El autor de la queja informó al Síndic de que esa ayuda le fue concedida en diciembre de 2011 por el director territorial de Empleo de Valencia y que, pese a estar al corriente de todas sus obligaciones, cerca de dos años después "no había obtenido el abono".

Una vez admitida a trámite, el Síndic solicitó un informe a la Conselleria, en el que ésta corroboró la concesión de esa subvención y que efectivamente "no consta que haya sido hecho" ese pago. Por su parte, el afectado se ratificó en su escrito inicial de queja.

Cholbi indica que, a pesar de que el autor de la queja cumplió con todos los requisitos para ser beneficiario de esa ayuda, la administración no se la ha abonado pese a que la resolución de 19/12/2011 establece que "se autoriza el gasto, se dispone el crédito, se reconoce la obligación y se propone el pago" de esa subvención.

"DEMORA NO DESEADA" POR LA CRISIS

El Síndic apunta que "parece existir un problema para su pago", ya que la administración admite que "la dura coyuntura económica a la que se ha tenido que enfrentar la Generalitat desde el 2010 ha dado lugar a una demora no deseada en el pago de dichas ayudas".

Al respecto, se muestra "consciente de las dificultades financieras que tienen las administraciones públicas para hacer frente al pago puntual de las subvenciones reconocidas a los ciudadanos durante la grave crisis económica" actual, pero subraya que la administración "debe limitarse a dotar de crédito el pago de la subvención objeto de la queja, todavía pendiente de pago", y recuerda que la normativa prevé que la liquidación de las ayudas se efectúe una vez cumplidos y justificados documentalmente los requisitos establecidos.