El Síndic pide mayor protección para las directivas de centros educativos de baja por maternidad

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Actualizado: miércoles, 27 junio 2018 15:30

VALÈNCIA, 27 Jun. (EUROPA PRESS) -

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha
reclamado mayor protección para las directivas de centros educativos de baja por maternidad o embarazo, tras investigar la situación denunciada por la dirección de un instituto en relación a estas bajas por parte del personal directivo.

"La maternidad no puede ser un obstáculo para el desarrollo profesional de las mujeres ni un factor que contribuya a agrandar la existente brecha salarial de género", ha defendido Cholbi al respecto, informa la Sindicatura en un comunicado.

Cuando esta situación se produce, el síndic entiende que las profesionales que piden la baja para ejercer sus derechos de maternidad "se encuentran en la tesitura de tener que renunciar a su cargo directivo, con la consecuente pérdida de retributiva y profesional, para así facilitar el nombramiento de sus suplentes y que estos puedan ser debidamente retribuidos".

La Conselleria de Educación, en su informe remitido al defensor, reconoce que en estos casos se podría producir una situación de desigualdad de género, ya que las mujeres son quienes principalmente cogen la baja de maternidad.

No obstante, la administración educativa mantiene --según Sindicatura-- que "los miembros del equipo directivo de los centros públicos y jefaturas de departamento son cargos unipersonales, por lo que el complemento retributivo que conlleva el cargo solo puede percibirlo una persona".

El síndic se interesó por los argumentos jurídicos y organizativos que motivan y fundamentan la práctica admitida por la Conselleria, y no encontró en el decreto de 1997 aludido por Educación "ningún precepto que impida, en los supuestos de maternidad o embarazo de riesgo, aplicar las normas que regulan el régimen de función pública y que permiten nombramientos provisionales, interinos o comisiones de servicio. Por tanto, la normativa permite el reconocimiento retributivo y profesional "tanto de la persona que causa la baja como de su sustituto".

A juicio del defensor, "la maternidad no puede ser un obstáculo para el desarrollo profesional de las mujeres ni un factor que contribuya a agrandar la existente brecha salarial de género en los sectores más feminizados como enseñanza y servicios sociales".

"PENALIZACIÓN DE LA MATERNIDAD"

De ahí que considere que la práctica descrita contribuye a la llamada "penalización de la maternidad", llegándola a calificar de "poco respetuosa" con los derechos de las personas afectadas tanto económicamente como profesionalmente.

En situaciones como esta, Cholbi advierte que "ejercer los derechos de la maternidad se convierte en un obstáculo a los derechos económicos y profesionales de las personas afectadas, que han de optar entre mantener su nombramiento y retribución, obligando a sus compañeros a asumir sus funciones obligatoria y gratuitamente".

Otra posibilidad es que "en un ejercicio unilateral del deber de compañerismo", tengan que "cesar voluntariamente del cargo para cederlo a un compañero que asuma su labor y pueda ser retribuido". De esta forma, entiende que "se está desplazando indebidamente el deber de la Administración de instrumentar el ejercicio de los derechos hacia los funcionarios, al implicar para la renunciante una pérdida de derechos económicos y de vinculación con el equipo directivo".

INSTA A ASUMIR LOS NOMBRAMIENTOS

Por todo ello, el síndic de Greuges ha recomendado a la Conselleria de Educación que, en los casos de baja de maternidad o por embarazo de riesgo del personal directivo de centros educativos, "erradique la praxis descrita y asuma directamente el nombramiento, con todos los derechos y deberes, del personal en régimen de interinidad, sustitución o el que resulte procedente para los puestos directivos afectados por las bajas". Le ha instado ha hacerlo "sin que resulte exigible el cese de las titulares que forman parte del equipo directivo de centros docentes".

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