Consejo.- El Gobierno refuerza el control de las entidades de gestión y regula la figura de los operadores privados

Rueda de prensa del portavoz del Gobierno, Iñigo Méndez de Vigo, tras el Consejo
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 13 abril 2018 16:38

   MADRID, 13 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes 13 de abril un Real Decreto-Ley que incluye un refuerzo del control a las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, así como la regulación de la figura del operador de gestión independiente en la gestión de estos derechos.

   Este Real Decreto-Ley transpone al ordenamiento jurídico español dos directivas europeas que este año eran de obligado cumplimiento: la directiva sobre gestión colectiva de derechos de autor y derechos afines y de concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales, y la referente a ciertos usos permitidos de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines a favor de personas con discapacidad visual.

   Entre las principales novedades, se abre la competencia en el mercado de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual a entidades de gestión tanto de Estados miembros de la Unión Europea como de terceros países, algo que hasta ahora estaba reservado a entidades de gestión con establecimiento en España.

   Además, se regula la figura del operador de gestión independiente que, según ha señalado el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en un comunicado, "operaba de facto en España, pero no había sido regulada". De esta forma se les somete a la supervisión de las Administraciones Públicas aunque, según ha precisado, se mantiene que los derechos sujetos a gestión colectiva obligatoria seguirán siendo administrados por las entidades de gestión españolas.

   A esto se suma la regulación del derecho de revocación, total o parcial, del contrato de gestión de derechos; se introduce un órgano de control interno, al servicio de los socios de la entidad, que ejercerá una labor de fiscalización interna constante de los órganos de gobierno y representación de las entidades.

   El Ministerio ha apuntado que para aquellas entidades de gestión con recaudación superior a 100 millones de euros, la regulación del órgano de control interno es "más estricta" de lo exigido por la directiva europea y se obliga a que este órgano esté integrado por personas independientes ajenas a la entidad y se fija entre sus competencias, el control de la ejecución del presupuesto o el reparto de la recaudación a los socios.

   Asimismo, se amplía la posibilidad de acordar la intervención temporal de una entidad de gestión desde la realización de un apercibimiento previo a la retirada de la autorización necesaria para operar como entidad de gestión, por lo que no será necesario tener que realizar un procedimiento sancionador muy grave como paso previo a la intervención.

   El departamento que dirige Íñigo Méndez de Vigo ha precisado que en el plazo de tres meses desde la aprobación del Real Decreto-Ley las entidades de gestión con recaudación superior a 100 millones de euros deberán remitir al Ministerio, para su aprobación, las modificaciones de sus estatutos aprobadas por sus respectivas asambleas generales. En el resto de casos, las entidades dispondrán del plazo de un año.

   También ha quedado regulado, para todas las entidades, que los futuros cambios estatutarios deberán remitirse al Ministerio con un plazo máximo de un mes para su aprobación, y evitar así situaciones de demora en el envío de la información.

DISCAPACIDAD VISUAL

   Por otro lado, este Real Decreto-Ley contempla que en todo el ámbito de la Unión Europea entidades autorizadas, sin autorización de los titulares de derechos de propiedad intelectual, podrán reproducir, distribuir o comunicar al público obras en formato accesible en cualquier Estado miembro.

   Estas entidades autorizadas deberán, entre otras obligaciones, informar al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el cual remitirá la información a la Comisión Europea.

   Según destaca el Ministerio, de esta forma se mejora el acceso de las personas con discapacidad visual a las obras impresas, abriendo el tráfico intracomunitario de las obras adaptadas para su acceso por estas personas mediante, por ejemplo, el sistema Braille o la producción de audiolibros.

Leer más acerca de: