Archivo - Varios aires acondicionados en una fachada, a 4 de agosto de 2025, en Madrid (España). - EDUARDO PARRA / EUROPA PRESS - Archivo
MADRID 13 Jul. (EUROPA PRESS) -
El auge del aire acondicionado en los hogares durante las olas de calor tiene un efecto colateral que está bajo la lupa de los ayuntamientos: el goteo de agua de condensación sobre la vía pública.
Verter agua a la calle desde el tubo del equipo de aire acondicionado puede constituir una infracción administrativa en distintos municipios españoles, al vulnerar las ordenanzas de agua, limpieza o medio ambiente. El importe de las sanciones depende de cada ayuntamiento y no existe una tarifa unificada a escala estatal.
¿DE CUÁNTO ES LA MULTA?
Por ejemplo, en grandes ciudades como Madrid, el artículo 5 de la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid prohíbe cualquier uso incorrecto o excesivo del agua, incluida la falta de reparación de fugas y de mantenimiento, así como cualquier actuación que provoque vertidos incontrolados a la vía pública.
Por ello, en Madrid la sanción depende de la gravedad de la infracción: las conductas leves pueden conllevar multas de hasta 750 euros, mientras que las infracciones graves pueden alcanzar los 1.500 euros.
¿DÓNDE DEBE CAER EL AGUA?
El agua de condensado de la unidad exterior de un equipo de aire acondicionado debe dirigirse a un desagüe de pluviales o a un sistema de evacuación adecuado para evitar derrames, según una guía de Hitachi.
Temporalmente, hay soluciones como poner una garrafa o botella al final del conducto para llenarla y cambiarla cuando ha alcanzado su tope, aunque se trata de una medida temporal y no sustituye a una instalación correcta.
Al margen de las ordenanzas municipales, los equipos de aire acondicionado que utilizan gases fluorados están regulados por el Real Decreto 115/2017, que exige que su instalación y manipulación la realicen empresas certificadas y establece requisitos técnicos para evitar fugas.
¿QUIÉN DEBE PAGAR LA MULTA Y LA REPARACIÓN DEL AIRE?
El artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad. Asimismo, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda correrán a cargo del arrendatario.
En el caso de una avería en el sistema de aire acondicionado o defecto de instalación, el propietario debe asumir el coste, según explican portales inmobiliarios como Fotocasa.
En cambio, correrán a cargo del inquilino las pequeñas reparaciones del día a día y las tareas de mantenimiento ordinario, como la limpieza de filtros, la recarga de pilas del mando o pequeñas intervenciones accesorias asociadas al uso.
Respecto a quién debe pagar la multa por el goteo de agua, corresponderá a la persona que el ayuntamiento considere responsable de la infracción, de acuerdo con la ordenanza municipal aplicable y las circunstancias de cada caso. Por ello, es recomendable que el arrendador informe al arrendatario sobre los defectos en el sistema de aire acondicionado si detecta incidencias.