Industria asigna a ocho comercializadoras la obligación de suministrar el nuevo precio regulado de luz

Recursos de torre de alta tensión, electricidad
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 11 febrero 2014 11:04

Las ofertas de luz para todo el año se conocerán antes del 30 de abril, y las posibles devoluciones de importes a los consumidores el 15 de mayo

MADRID, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha establecido una lista con las ocho comercializadoras de referencia que estarán obligadas a suministrar el nuevo Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), que sustituye desde enero a la anterior tarifa regulada de luz, la Tarifa de Último Recurso (TUR).

La nueva lista aparece en el borrador de real decreto por el que se establece la metodología de cálculo del nuevo PVPC, que ha sido remitido a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y al que ha tenido acceso Europa Press.

Junto a las cinco grandes eléctricas, que eran las que hasta ahora estaban obligadas a suministrar la TUR y que son Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, E.ON y EDP España, figuran ahora otras tres, cuyo mandato se inscribe a las zonas en las que tienen una implantación significativa. Estas empresas son Cide HC-Energía, la Empresa de alumbrado eléctrico de Ceuta y Gaselec.

Esta lista se publica con el objetivo de cumplir una sentencia de 2011, en la que se consideraba discriminatorio que cinco eléctricas suministren de forma obligada la tarifa regulada. El nuevo real decreto fija ahora unos criterios concretos para este servicio, entre ellos el de haber suministrado a más de 100.000 clientes durante el año anterior, o a 25.000 en el caso de Ceuta y Melilla.

De esta forma, se abre la lista y se acaba con la arbitrariedad denunciada por las eléctricas. En todo caso, las empresas que deseen suministrar el nuevo PVPC podrán hacerlo si cumplen además ciertas garantías, entre ellas la de llevar tres años en el negocio y disponer de más de 25.000 clientes.

CONSUMIDORES SIN DERECHO A TARIFA.

La norma también resuelve la incertidumbre de los consumidores que se habían quedado sin derecho a tarifa regulada al tener más de 10 kilovatios (kW) de potencia contratada y que no encontraban suministro a mercado. Para estos usuarios, en muchos casos ayuntamientos e instalaciones públicas, se fija una penalización del 20% sobre el PVPC, sin que expire este escenario.

Industria destaca como una de las principales características del nuevo sistema la de que ahora los precios del componente de la energía tendrán en cuenta la evolución real de los precios, frente al modelo anterior, en el que el precio se fijaba a priori a través de unas subastas, cuyo resultado no se correspondía con lo que los resultados del mercado.

De hecho, el borrador cifra en 1.100 millones el importe que los consumidores han pagado en concepto de las coberturas de riesgo realizadas a través de las anteriores subastas Cesur, a razón de 280 millones de euros al año.

Las facturaciones seguirán realizándose sobre lecturas reales de los contadores, de modo que al final de cada bimestre se recoja en ellas el precio medio del mercado. No obstante, en el caso de los consumidores con equipos de telemedida se podrán fijar precios en función de las horas de consumo.

El nuevo mecanismo, indica, supondrá un ahorro para los consumidores, que no tendrán que hacer frente al coste de aseguramiento asociado a las subastas eléctricas. Solo por este concepto se producirá el posible ahorro del 3% pronosticado por Industria.

LAS OFERTAS ANUALES, ANTES DEL 30 DE ABRIL.

El borrador también recoge las condiciones para las ofertas que deberán presentar las comercializadoras a los consumidores con un precio fijo para el conjunto del año. Esta opción se dirige a los usuarios que prefieran unas referencias más estables, y las ofertas serán "públicas, transparentes y comparables".

Las ofertas deberán presentarse antes del 30 de abril e informarán tanto de lo que se paga en peajes como del precio del kilovatio hora, y deberá incluir además los importes finales antes y después de impuestos. Además, no podrá incluir ningún otro producto o servicio, energético o no.

En todo caso, la parte de los peajes eléctricos incluida en la oferta podrá ser objeto de revisión "de acuerdo a la normativa de corresponda", advierte el borrador. La parte del coste de energía solo podrá revisarse al cabo de un año.

POSIBLE DEVOLUCIÓN DE IMPORTES.

La norma establece además un mecanismo para, en el caso de que el precio del mercado eléctrico haya sido inferior al precio fijado por el Gobierno para el primer trimestre, devolver el importe cobrado de más a los consumidores.

Para ello, se alude a un nuevo término, conocido como CIF, con el que se recogerá estos posibles importes cobrados de más. Industria fija de plazo hasta el 15 de mayo para que la CNMC establezca el valor de esta posible devolución.