MADRID 6 May. (EUROPA PRESS) -
El Banco de España ha modificado la orden sobre la Central de Información de Riesgos (CIR) de crédito con la intención de mejorar su calidad y la cantidad de los datos que se incluyen en este registro que apareció en plena reforma del sistema financiero.
Según publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE), a partir de ahora los importes de las operaciones que se declaren deberán aparecer en unidades de euro. Además, ahora se permitirá el establecimiento de distintos umbrales de declaración en función del sector de actividad de la entidad declarante o del titular de la información.
La orden establece que el Banco de España determinará las clases de riesgo que declarar, así como el alcance de estos datos respecto a los titulares y a las características y circunstancias de las diferentes clases de riesgo.
En este caso, podrá solicitar la declaración de los datos que considere necesarios para el cumplimiento de las finalidades a las que sirve la CIR, "en especial la relativa al adecuado ejercicio de las facultades de supervisión e inspección de las entidades declarantes por parte de las autoridades competentes".
El Banco de España fijará el alcance de los datos a declarar a la CIR diferenciando aquellos que se declaran exclusivamente en cumplimiento de las obligaciones de información, incluidos los basados en previsiones propias de las entidades, de aquellos datos que también se declaren con la finalidad de facilitarlos a las entidades declarantes para el ejercicio de su actividad.
La institución que dirige Luis María Linde fijará los umbrales de declaración aplicables. A estos efectos, fijará distintos umbrales y tipos de datos a declarar respecto de los titulares y clases de riesgos en función de las características del sector de actividad al que pertenezcan las entidades declarantes o los titulares con quienes éstas tengan los riesgos de crédito.