Economía/Finanzas.- Economía aclara que no ha vetado el nombramiento de Roldán porque "es legal"

El secretario de Estado de Economía, Fernando Jiménez Latorre, en la APIE
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 18 marzo 2014 16:59

Aunque al principio no le pareció consistente con el régimen de incompatibilidades del Banco de España

MADRID, 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

El secretario de Estado de Economía, Fernando Jiménez Latorre, ha asegurado que el Gobierno no ha vetado el nombramiento de José María Roldán como presidente de la Asociación Española de la Banca (AEB) porque "es legal".

Durante una jornada organizada por la Asociación de la Prensa de Información Económica (APIE), Jiménez Latorre ha explicado que en un primer momento el nombramiento pareció "inconsistente" con el régimen de incompatibilidades del Banco de España, donde Roldán desempeñó el cargo de director general de Regulación y Estabilidad Financiera hasta octubre de 2013.

Ello suponía pasar de trabajar "del regulador al regulado", convirtiendo este asunto en un objeto de análisis por parte del Banco de España.

Si bien, la corrección de este régimen de incompatibilidades ha hecho, según el secretario de Estado de Economía, que por parte del Gobierno ya no haya "observaciones". "No hay inconveniente", ha dicho Jiménez Latorre, tras señalar que, en esta circunstancia, al Ministerio de Economía, una vez recibida la consulta de la AEB para proceder al nombramiento de Roldán, "le pareció que una asociación privada tiene legitimidad para nombra a quien considere adecuado".

El consejo general de la Asociación Española de Banca (AEB) acordó ayer por unanimidad proponer al exdirector general de Regulación del Banco de España José María Roldán como presidente de la patronal después de obtener el respaldo de los cinco mayores bancos de la asociación y sustituirá a Miguel Martín por un período de cuatro años.

UN NOMBRAMIENTO NO EXENTO DE POLÉMICA.

Cuando la candidatura de Roldán se hizo pública en octubre de 2013, el Ministerio de Economía mostró su malestar por el que sería sustituto de Martín, un hecho que la banca consideró "inaudito" y que le llevó a recordar que la patronal es una entidad privada cuyos órganos de gobierno toman sus decisiones de forma autónoma.

El Gobierno consideraba que no era "estético" que un miembro del regulador pasase a defender los intereses de los que hasta hace poco eran sus regulados, ante el temor de que se extendiera la sombra de la duda de que estaba trabajando con la perspectiva de luego cruzar a la orilla de los supervisados.

También insistía en que la interlocución con el sector, vital en estos momentos en los que debe someterse al escrutinio de las pruebas de estrés como antesala del supervisor único europeo, podía verse seriamente resentida, informaron a Europa Press en fuentes próximas al Ejecutivo.

REVISIÓN DEL RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDAD.

La polémica surgida por el nombramiento de Roldán llevó al Banco de España a revisar el régimen de incompatibilidad de los director generales de la institución, que fija una incompatibilidad absoluta para incorporarse a entidades sujetas a la supervisión durante un período de seis meses tras el cese en el cargo. Este régimen no afectaría por tanto a Roldán, que abandonó la institución en octubre de 2013.

El organismo constató diferencias en la regulación aplicable a los directores generales con la normativa general del sector público estatal, con lo que considera "conveniente" abordarla también siguiendo los criterios aplicados por el BCE.

El régimen de incompatibilidades aplicable a los directores generales del Banco de España está fijado en el Reglamento Interno del Banco de España desde 1996, cuando se estableció una incompatibilidad absoluta para incorporarse a entidades sujetas a la supervisión del Banco de España durante un período de seis meses posterior al cese en el cargo.

En el caso del gobernador y del subgobernador, dicho régimen es más restrictivo, a diferencia de lo establecido para los altos cargos del sector público estatal, si bien durante un período inferior. En concreto, impide a los directores generales del Banco de España realizar cualquier actividad relacionada con el sector bancario, aunque no hubieran adoptado acuerdo alguno respecto a la entidad a la que pretendan incorporarse.

El Banco de España advirtió en noviembre de 2013 de que esta limitación afecta igualmente a la posible incorporación de los directores generales del Banco de España a cualquier asociación representativa de entidades de crédito.