Economía/Finanzas-El Gobierno retira de la Ley Hipotecaria la exención de AJD en subrogaciones y novaciones de hipotecas

Actualizado: jueves, 8 marzo 2007 18:46

Cede ante la negativa de las CC.AA., que son las que gestionan el impuesto por el que recaudan más de 6.600 millones de euros


MADRID, 8 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha retirado de la reforma de la Ley Hipotecaria la exención del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), que grava principalmente la constitución de las escrituras hipotecarias, en las subrogaciones y novaciones de hipotecas, ante la negativa de las comunidades autónomas, administraciones que gestionan y recaudan el impuesto, informaron a Europa Press en fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda.

El anteproyecto de Ley de la nueva Ley Hipotecaria que fue enviado a información pública contemplaba la exención del AJD en estos casos, pero finalmente el departamento de Pedro Solbes ha optado por eliminarlo del proyecto de Ley, actualmente en fase de tramitación parlamentaria, dado que se trata de un tributo cedido por el que las comunidades autónomas recaudaron en 2005 un total de 6.677 millones de euros, según los últimos datos disponibles.

Esta cifra contrasta fuertemente con los 1.202 millones de euros que recaudaron en 2005 por el Impuesto sobre el Patrimonio o los 2.265 millones de euros que obtuvieron por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, lo que da muestra de la importancia que tiene el AJD en las arcas de los gobiernos autonómicos, de ahí su resistencia a que se elimine en el caso de subrogaciones y novaciones de hipotecas.

MAYOR RECAUDACIÓN DEL AJD.

Además, se da la circunstancia de que la recaudación de este impuesto, fuertemente vinculado a la bonanza del sector inmobiliario, se ha multiplicado por más de tres desde 2001 debido, por un lado, a que las comunidades autónomas, al calor del 'boom inmobiliario', han incrementado desde el 0,5% al 1% el tipo aplicado y, por otro, al mayor número de operaciones de compra-venta por importes más caros como consecuencia del encarecimiento de la vivienda.

Así las cosas, los documentos notariales se gravan al 1% en todas las autonomías de régimen común, excepto en Canarias, que tiene un tipo del 0,75%, si bien es cierto que gran parte de las comunidades establecen tipos más reducidos para escrituras de préstamos hipotecarios suscritos por jóvenes, discapacitados o familias numerosas.

En cambio, la Ley Hipotecaria sí contempla la exención del AJD en la constitución, subrogación, novación y cancelación de la denominada 'hipoteca inversa', dirigida a los mayores de 65 años y a los dependientes, con el fin de que puedan recibir una renta periódica mediante el aval de su vivienda en propiedad.

El Gobierno indica que la medida, aunque supone también en este caso la exención del pago del impuesto, no producirá una merma recaudatoria para las comunidades autónomas en la medida en que estas hipotecas no han sido reguladas hasta el momento.