Economía.- Gestha cree que la obligación de informar sobre cuentas en el extranjero no aflorará depósitos 'opacos'

Actualizado: jueves, 12 abril 2012 19:21


MADRID, 12 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) consideran que la propuesta del Gobierno de obligar a informar de las cuentas abiertas en entidades financieras en el extranjero, al considerar que no aportará datos nuevos a las Administración Tributaria, ni hará aflorar depósitos 'opacos'.

En un comunicado, la organización remarca que esta medida se basa en un "simple acopio" de información de números de cuentas 'blancas' que Hacienda puede conocer leyendo los balances de las compañías, e insiste en que las cuentas 'opacas' no se han declarado y no se van a declarar.

Así, insiste en que ya existe la obligación por parte de los contribuyentes de integrar los saldos y rendimientos de estas "cuentas blancas" a la hora de presentar las declaraciones del Impuesto de Patrimonio, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto sobre Sociedades.

Por ello, Gestha apunta que esta obligación debería extenderse a informar sobre los códigos que identifican las cuentas bancarias y los depósitos de valores, entre los que se incluye la referencia al país donde está depositada la cuenta.

Del mismo modo, el colectivo subraya que el control de las cuentas y valores 'opacos' situados en el extranjero pasa "necesariamente" por que el Gobierno alcance acuerdos con las grandes entidades de banca privada que operan en paraísos fiscales exigiendo la lista de titulares bajo la amenaza de retirar la ficha bancaria que concede el banco central para operar en sus mercados.

También señala que el Ejecutivo debería suscribir acuerdos directos con las entidades emisoras de tarjetas con el objetivo de identificar a las personas que utilizan "habitualmente" las tarjetas de crédito o débito en España a nombre de sociedades, fundaciones o entidades cuyos pagos se cargan contra cuentas bancarias situadas en el extranjero.

Los Técnicos de Hacienda recuerdan que desde el 30 de enero de 2010 las entidades financieras están obligadas a identificar a las personas que realicen ingresos bancarios en efectivo superiores a 3.000 euros, al igual que las entidades encargadas de la gestión de cobro de las tarjetas que deben identificar a los comerciantes que cobran con este medio de pago siempre que superen los 3.000 euros netos anuales.