Economía.- Los notarios podrán consultar y liquidar 'on-line' el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de 2.000 municipios

Actualizado: miércoles, 19 mayo 2010 20:44

MADRID, 19 May. (EUROPA PRESS) -

Los ciudadanos de más de 2.000 municipios podrán solicitar a partir de junio al notario que, en su nombre, consulte y liquide 'on-line' el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), éste último en los supuestos en que el vendedor del inmueble tenga pendiente alguna deuda.

Así lo anunciaron hoy en un comunicado la Agencia Notarial de Certificación (Ancert) y la empresa Gestión Tributaria Territorial (GTT) tras suscribir un convenio para integrar sus plataformas tecnológicas para impulsar la administración 'on-line'.

Los más de 3.000 notarios españoles contarán con este servicio a partir del próximo mes y a finales de año se ampliará a 5.000 municipios. El acuerdo lo firmaron el director general de la GTT, Fernando Plaza, y el director general de la Ancert, Mario Abascal.

El convenio establece que la plataforma tecnológica desarrollada por Ancert para el colectivo notarial se integrará con el software de GTT, sobre el que se gestionan los impuestos de más de 2.000 organismos públicos, permitiendo a los ciudadanos liquidar sus impuestos.

De esta manera, se agilizará la tramitación de dos de los tributos más populares: el IBI, que abonan anualmente a los ayuntamientos los propietarios de fincas urbanas y rústicas; y el IIVTNU o plusvalía, que grava el incremento de valor que sufren los terrenos urbanos con el paso del tiempo y se devenga cada vez que tiene lugar la transmisión de un inmueble, y cuya titularidad pertenece a la hacienda local.

Abascal explicó que "el objetivo principal es potenciar la función notarial como referente tecnológico nacional y colaborar con la administración en servicios telemáticos integrados en todos los trámites".

Este servicio telemático notarial se suma a otros ya existentes en el ámbito de tramitación de impuestos como la liquidación telemática del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuya competencia corresponde en este caso a la hacienda de cada Comunidad Autónoma.