Archivo - Trabajadores de la construcción en una obra - David Zorrakino - Europa Press - Archivo
MADRID, 9 Ago. (EUROPA PRESS) -
Sólo cuatro de cada diez trabajadores, en concreto el 39,9%, cuentan con una cláusula de revisión salarial en sus convenios colectivos de aplicación para evitar pérdidas de poder adquisitivo frente al repunte de los precios, pero la situación es muy desigual por sectores económicos, según datos del Ministerio de Trabajo a los que ha tenido acceso Europa Press extraídos de los convenios colectivos registrados hasta julio de este año.
Así, mientras el 58,3% de los trabajadores de la industria y el 93,5% de los trabajadores de la construcción que están amparados por la negociación colectiva disponen de estas cláusulas de garantía salarial en sus convenios, estos porcentajes apenas alcanzan al 6,3% de los trabajadores de la agricultura y al 26,2% de los trabajadores del sector servicios.
En concreto, hasta julio de este año se habían registrado 1.568 convenios en el sector servicios, con efectos económicos sobre más de 5,5 millones de trabajadores, pero de ellos sólo 1,4 millones contaba con cláusula de revisión salarial, el equivalente al 26,2% del total.
En el caso de la agricultura, el número de convenios contabilizados hasta julio era de 30, con efectos sobre 118.255 trabajadores, pero únicamente 7.465 de ellos tenía recogida una cláusula de garantía salarial en su convenio.
La industria contaba con 1.099 convenios registrados hasta julio, que daban amparo a 2,26 millones de trabajadores, de los que 1,3 millones tenían cláusula de revisión, el equivalente a casi seis de cada diez.
En el caso de la construcción, los convenios registrados hasta el séptimo mes del año eran 71, con efectos sobre 697.795 trabajadores, de los que nueve de cada diez (93,5%) estaba protegido con una cláusula de revisión salarial frente a los repuntes de la inflación.
SÓLO TRES DE CADA DIEZ CONVENIOS TIENEN CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL
Según la estadística de Trabajo, entre enero y julio se registraron 2.768 convenios colectivos, de los que sólo el 30,2% (836 convenios) contaba con una cláusula de garantía salarial y, de ellos, 581 contemplan su aplicación con efectos retroactivos.
Los convenios que recogen cláusula de revisión afectan a poco más de 3,4 millones de trabajadores de los más de 8,6 millones amparados por los convenios registrados hasta julio, el equivalente al 39,9% del total.
Así, seis de cada diez los trabajadores carecen de cláusulas de salvaguarda en sus convenios colectivos. No obstante, la cifra de trabajadores protegidos con este instrumento supera en 18 puntos a la contabilizada en diciembre de 2023 (21,08%).
LOS CONVENIOS DE SERVICIOS RECOGEN LA MAYOR SUBIDA SALARIAL MEDIA
Los salarios pactados en convenio subieron de media un 3,02% en julio, ligeramente por encima del aumento del 3,01% del mes anterior, pero casi cinco décimas por debajo del IPC de julio, cuya tasa interanual se situó en el 3,5% a falta de que el Instituto Nacional de Estadística (INE) confirme el dato definitivo la próxima semana.
Por sectores económicos, el mayor incremento salarial medio en convenio corresponde a los servicios, con un 3,04%, seguido de la industria (3,01%) y la construcción (3%). La agricultura es el sector que presenta la menor subida salarial media, del 2,69%.
Las organizaciones sindicales y patronales deben negociar este año el nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) tras vencer el pasado diciembre el acuerdo hasta ahora vigente, que recomendaba subidas salariales del 3% para 2025, con una cláusula de revisión salarial que, en caso de desviación de la inflación, podría implicar alzas adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2025).
Para el nuevo acuerdo, las organizaciones sindicales UGT y CCOO han planteado a la patronal una subida salarial anual fija del 4% para los próximos tres años, es decir, un incremento de sueldos del 12% hasta el año 2028.
Además, han propuesto una subida adicional del 1% en los convenios donde el salario medio esté un 10% por debajo del salario medio nacional, un 2% adicional para los salarios que están un 20% por debajo del salario medio nacional y una subida del 3% para los que estén por debajo el 30%. De igual manera, plantean un incremento adicional del 1,5% para cada uno de los años en caso de desviación de la inflación.