Dos consejeros de la CNMC muestran su "frustración" en un expediente a Telefónica y Yoigo

Actualizado: jueves, 27 agosto 2015 12:05


MADRID, 27 Ago. (EUROPA PRESS) -

Dos consejeros de la Sala de Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) han mostrado en un expediente contra Telefónica y Yoigo su "enorme frustración" y "tristeza" ante la falta de motivación de las resoluciones en expedientes sancionadores del 'macrorregulador'.

Así, en un voto particular discrepante ante una resolución de la CNMC contra Telefónica y Yoigo por acuerdos alcanzados entre ambas compañías, se ha manifestado en estos términos el consejero Fernando Torremocha y García-Sáenz, mientras que, por su parte, el consejero Benigno Valdés Díaz se ha limitado a suscribir las razones del anterior.

"Me produce una enorme tristeza y frustración tener que reiterar la necesaria obligatoriedad de motivar las resoluciones, mucho más si cabe en este régimen sancionador, clarificando hasta la extenuación el por qué (sic) y el quantum de las sanciones a través de un inteligible iter argumentativo", señala Torremocha.

Asimismo, el consejero añade que sigue "sin entender" cómo

"es posible, primeramente fijar el quantum de la sanción y en momento posterior cifrar el porcentual aplicado".

Para Torremocha, la resolución de la CNMC es "declarativa más que sancionadora" ya que se "limita" a relatar los hechos "sin probanza alguna".

En sus conclusiones, Torremocha acusa al organismo presidido por José María Marín Quemada de contradecirse en cuanto a la actitud de los operadores, ya que "no se puede ser una cosa y la contraria al mismo tiempo". "Telefónica y Yoigo unas veces son antagónicos y otras veces competidores, en el desarrollo de las mismas conductas relatadas", añade.

Además, para Torremocha en la resolución se dice "no estar en presencia de un cartel, que las conductas han tenido escasa incidencia real que, incluso, son calificadas como procompetitivas al permitir eficiencias y, en claro perjuicio de ello, se las califica como conductas muy graves".

TERMINACIÓN CONVENCIONAL DEL EXPEDIENTE

La CNMC anunció el pasado mes de julio una sanción de 6 millones de euros a Telefónica y de 300.000 euros a Yoigo al considerar que los acuerdos alcanzados entre ambas compañías restringían la competencia, al tiempo que abría la puerta a que la filial de TeliaSonera pudiera ofrecer servicios mayoristas a terceros con la reventa de capacidad de red de su rival. De esta forma, el organismo daba carpetazo al expediente sancionador abierto en noviembre de 2013.

Torremocha recuerda que en octubre del 2014 se recibieron las alegaciones de Telefónica, junto con una solicitud de terminación convencional del expediente. "Entendía en aquel entonces y sigo entendiendo ahora que los inconvenientes presentados por la dirección de competencia no tenían la entidad suficiente para denegar la terminación convencional de este expediente sancionador y así debió de acordarse", añade.

Para el consejero, las conductas a las que se refiere la resolución se concretarían en unas cláusulas "muy puntuales y determinadas" de los acuerdo entre ambas compañías, que se podrían haber corregido en su "redacción literaria".

Los operadoras firmaron un acuerdo de 'roaming' nacional por el cual Telefónica podía acceder a la red 4G de Yoigo. El consejo de la CNMC valoró que este acuerdo restringía la competencia al limitar la independencia en cobertura y calidad entre las dos compañías y suponer una disminución de la "presión competitiva" en el uso de las redes 4G.

Asimismo, las dos empresas suscribieron un acuerdo por el cual Yoigo podía ofrecer a sus clientes productos minoristas de Telefónica. Este acuerdo otorgaba a Telefónica un derecho de veto que impedía a Yoigo revender a terceros su capacidad de red. Para la CNMC esto obstaculizaba que Yoigo pudiera prestar servicios mayoristas a operadores móviles virtuales (OMVs) y suponía una restricción de la competencia "sin justificación objetiva suficiente".

OTROS VOTOS PARTICULARES

No es la primera vez que estos consejeros se muestran contrarios a una resolución del organismo. Así, por ejemplo, Torremocha consideró el pasado mes de febrero que el presidente del regulador y otros dos vocales deberían haberse abstenido de participar en un expediente abierto a Cepsa.

Tanto Torremocha como Valdés habían sugerido la posibilidad de convocar un pleno extraordinario "para conocer y deliberar las adiciones ex post" de la multa de 2,5 millones impuesta a la compañía por el incumplimiento de una multa de 2009.

Además, Torremocha y Valdés emitieron votos particulares respecto a multa de la CNMC a Repsol por incumplir una resolución de 2009 y, en el caso del primero de estos consejeros, en la multa con 98 millones a ACS, FCC, Ferrovial, Sacyr y 30 firmas más por repartirse contratos de basuras.

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