Economía/Agricultura.- La Ley para el desarrollo sostenible del medio rural entrará en vigor en veinte días

Actualizado: viernes, 14 diciembre 2007 13:46

MADRID, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Ley para el desarrollo sostenible del medio rural entrará en vigor en veinte días, tras su publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que también publica la Ley orgánica complementaria que contempla la colaboración entre municipios para la prestación de servicios de policía local.

Esta norma tiene entre sus objetivos mantener y ampliar la base económica del medio rural mediante la preservación de actividades competitivas y multifuncionales, y la diversificación de su economía con la incorporación de nuevas actividades compatibles con un desarrollo sostenible

La Ley destaca la importancia que en el conjunto del Estado tiene el medio rural, al que pertenece el 90% del territorio, así como casi el 40% de la población, lo que equivale a más de 18 millones de personas.

Por primera vez, integra la actuación de doce Departamentos ministeriales, con el fin de que todas las políticas en el medio rural tengan un carácter coordinado y convergente, creando para ello la comisión interministerial para el medio rural formada por todos los Departamentos afectados.

La nueva Ley va permitirá establecer políticas de carácter horizontal en desarrollo rural en materias como educación, cultura, sanidad, vivienda, transportes, comunicación entre territorios y seguridad en el medio rural, entre otras.

Para establecer la debida coordinación de las políticas rurales, crea un consejo para el medio rural que integra a la administración central, las Comunidades Autónomas y las entidades locales.

El conjunto de iniciativas derivará en la confección de un programa para el desarrollo rural de carácter plurianual, que será sometido a informe del consejo para el medio rural, y deberá ser aprobado por el Gobierno en Consejo de Ministros mediante un Real Decreto.

Por su parte, la Ley orgánica complementaria establece que en los supuestos en los que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en esta norma.