Economía.- (Ampliación) Los auditores de El Corte Inglés dicen ante la juez que desconocen el valor real de las acciones

Actualizado: martes, 13 marzo 2007 21:59

El accionista César Areces reclama 98 millones de euros por su participación del 0,69%, mientras que la empresa ofrece 35 millones


MADRID, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -

Los auditores de El Corte Inglés que prestaron hoy declaración en el juicio que enfrenta a la compañía con una rama de la familia Areces por la venta de sus acciones afirmaron que desconocen el valor real de los títulos de la cadena de distribución, por incompatibilidad según la Ley Financiera --al ser auditor de la empresa a valorar--, y que sólo han calculado el valor teórico-contable.

El juicio que dirime la juez Miriam Iglesias, titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, ha quedado visto para sentencia. Este conflicto se remonta a 2005, cuando César Areces presentó una demanda civil contra El Corte Inglés por no estar de acuerdo con el precio al que la empresa quería comprar su participación del 0,69% del capital social.

Este accionista reclama 98 millones de euros a razón de 196,4 euros por acción, mientras que la compañía le ofrece 35 millones, es decir, 74,9 euros por cada título de seis euros de valor nominal y 749,3 euros por cada uno de 60 euros de valor nominal, según explicó la abogada del demandante.

En la segunda jornada de la causa, los auditores de El Corte Inglés coincidieron en que la empresa dispone de una valoración teórica-contable de los títulos, basada en el valor patrimonial de la empresa dividido por el número de los accionistas, pero que no se ha realizado una valoración de mercado de la compañía porque la legislación financiera vigente ve incompatibilidades. Según el informe realizado para El Corte Inglés por el catedrático Miguel Cañibano, la valoración real de la compañía coincide con el valor teórico contable que realiza la empresa.

El ex auditor de Deloitte José Antonio Rodríguez, que trabajó más de diez años para la compañía y aún colabora con ella, reconoció la diferencia entre el valor teórico y el real de las acciones, así como en la metodología para determinarlos. "Son conceptos diferentes que pueden coincidir por casualidad", dijo. "Exacto no es, y que esté muy próximo, tengo mis dudas", agregó, al ser preguntado sobre si son conceptos coincidentes.

Por su parte, el actual auditor de El Corte Inglés, Juan José Roque, afirmó conocer exclusivamente el precio teórico contable de los títulos, y resaltó "la singularidad" de esta empresa familiar, que no cotiza en bolsa, carece de deuda financiera y reparte dividendos mínimos, ya que los excedentes se destinan a inversiones para levantar sus propios inmuebles.

VALOR DE INMUEBLES.

La abogada del demandante sostuvo que el precio que ofrece El Corte Inglés por su participación no recoge el valor de los inmuebles ni de sus planes inversores o de expansión, sino que sólo se limita al precio de los solares, actualizado exclusivamente con el IPC y no según la evolución del precio de la vivienda. La defensa de El Corte Inglés argumentó que, lógicamente y siguiendo la normativa contable, todas las inversiones tienen su reflejo en los balances de la compañía y sus correspondientes actualizaciones.

La defensa de los Areces Fuentes argumentó que la empresa adquirió el solar del edificio Windsor por 480 millones de euros, lo que contrasta con la valoración de los inmuebles de El Corte Inglés presentada por la propia empresa, de 2.600 millones de euros. Por su parte, los Areces Fuentes calculan el valor inmobiliario en 7.500 euros.

De su lado, la defensa de El Corte Inglés desmintió ante la magistrada que esos 480 millones correspondieran al valor del Windsor, ya que la operación se refiere a la compra de Inmobiliaria Ason, entre cuyos activos se encuentran no sólo el solar del Windsor sino también el 20% de Torre Picasso y numerosos inmuebles y edificios de diversa índole.

Asimismo, la abogada del demandante criticó el cambio de los estatutos en lo relativo a las transmisiones de acciones, por considerar que la empresa vulneró la legislación al modificarlos después de que directivos de El Corte Inglés no alcanzaran un acuerdo con César Areces sobre el precio de su participación.

La defensa de El Corte Inglés sostiene que no hay tal vulneración y argumenta que el artículo 17.6 de los Estatutos inscritos en el Registro Mercantil de Madrid señala: "El precio de adquisición de las acciones será, salvo acuerdo de las partes en otro sentido, el que corresponda al valor razonable de las acciones, entendiéndose como tal el que determine el auditor de cuentas, distinto al de la sociedad, designado por el Consejo de Administración".

Asimismo, recuerda que el único cambio en este artículo respecto a los anteriores Estatutos se refiere que los auditores deben ser "distintos al de la sociedad, designado por el Consejo de Administración". Antes del cambio, sí podían ser los mismos auditores, pero tras la modificación de la Ley Financiera, se obliga a que sean otros auditores (distintos a los que auditan la Sociedad). Todos los cambios estatutarios están aprobados en junta de accionistas y depositados e inscritos en el Registro Mercantil según la normativa vigente.

"EXPOLIACION" DEL VALOR DE LA ACCION.

Por una parte, los nuevos estatutos establecen que los títulos se valoran en función del valor en libros, en lugar de basarse en el valor de mercado, como los anteriores y, por otra, impiden venderlos a terceros. "No se puede tener al socio cautivo de sus acciones, porque o se mantiene como accionista o vende al precio teórico-contable, que supone la expoliación de al menos las dos terceras partes del valor de la acción", argumentó la abogada.

Al final de su alegato, la defensa de los Areces Fuentes solicitó una sentencia que obligue a El Corte Inglés a pagar las acciones de César Areces al valor real, o que sea un auditor nombrado por el Registro Mercantil el que decida sobre el precio a pagar y no el consejo de administración. También reclama que se puedan vender los títulos a terceros. El artículo 17.6 de los estatutos recoge que el Consejo de Administración no decide el precio a pagar.

CAMBIO DE ESTATUTOS.

El abogado de El Corte Inglés sostuvo además que la finalidad de este procedimiento judicial no es decidir sobre una valoración de la compañía y sus acciones, sino dilucidar si el consejo de administración actuó correctamente a la hora de modificar los estatutos sociales.

Sobre el cambio de estatutos, el letrado recordó que el Juzgado de lo Mercantil ya rechazó la impugnación de los acuerdos de la junta de accionistas presentada por los demandantes el pasado mes de noviembre. Así, aseveró que "El Corte Inglés ha actuado correctamente y no ha incumplido ninguna norma legal".

El letrado adujo además que los hermanos Areces Fuentes reclaman una valoración de sus acciones que responde "a lo que querrían que fuera El Corte Inglés". "No estamos ante una sociedad cotizada, ante una sociedad con ese nivel de liquidez", y recordó que el único mercado en el que circulan las acciones de la cadena de distribución es la propia compañía.

El abogado de El Corte Inglés atribuyó este conflicto a que se trata de la primera vez que un accionista que deseaba vender su participación en la compañía no acepta el precio propuesto por el grupo de distribución. "Ha habido siempre acuerdo para todo", dijo, tras indicar que César Areces es el primer titular en desacuerdo con el precio que quiere pagar la compañía.