Economía/Empresas.-(Amp) La CNC incoa expediente sancionador contra SOS y Coosur por posibles conductas anticompetitivas

Actualizado: miércoles, 16 diciembre 2009 15:45

MADRID, 16 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha incoado expediente sancionador contra SOS Corporación Alimentaria y Aceites del Sur-Coosur por posibles conductas anticompetitivas en el mercado del girasol, informó hoy el organismo que preside Luis Berenguer.

Las posibles prácticas anticompetitivas consistirían en la vinculación, mediante contrato con los agricultores, de la recogida de la semilla de girasol (destinada a su transformación en aceite para usos energéticos) a la previa adquisición de la semilla de siembra.

Así, a través de una cláusula en los contratos, se obligaría al agricultor que quiera vender su cultivo a una de estas empresas a adquirir a la misma compañía las semillas para la campaña siguiente.

SOS Corporación Alimentaria declinó hacer una valoración sobre este asunto, puesto que no ha recibido traslado de la apertura del expediente y no conoce su contenido, dijeron a Europa Press en fuentes del grupo, propietario de marcas como Koipe y Carbonell.

Según la CNC, la conducta analizada en este expediente tiene su origen en diversa información remitida a la Dirección de Investigación por la Comisión Regional de Competencia de Castilla-La Mancha (autoridad de Defensa de la Competencia de esa Comunidad).

El órgano regional informó en verano de que podría existir una "prestación vinculada", práctica prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia, que se materializa a través de un contrato que impone a una de las partes la aceptación de una prestación suplementaria que no tiene conexión con la obligación principal.

PERJUICIOS PARA OTRAS COMERCIALIZADORAS.

Se trataría de casos en los que el suministrador del producto (agricultor) se ve obligado a aceptar como condición indispensable para que se produzca la prestación principal (la recogida de la semilla cultivada o pipa de girasol) una prestación no necesaria (la previa adquisición de la semilla de siembra).

En este caso, se privaría a los agricultores de la posibilidad de obtener las semillas libremente en el mercado, pudiendo producirse asimismo perjuicios para el resto de comercializadoras de semilla de siembra de girasol.

La CNC subrayó que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación y explicó que ahora se abre un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución.