Economía/Empresas.- El juez falla que el recargo por emisión de billetes de Iberia, Spanair y Air Europa "no es abusivo"

Actualizado: jueves, 16 noviembre 2006 14:28

MADRID, 16 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid ha fallado que el recargo por emisión de billetes de Iberia, Spanair y Air Europa "no es abusivo", desestimando así la denuncia presentada por la Federación de Consumidores en Acción (Facua).

Facua pretendía con esta denuncia que se anulara "por abusiva" la cláusula general de cargo por emisión de billetes que aplican las compañías aéreas en sus contratos. La sentencia absuelve a los demandados y condena en costas expresamente a Facua.

El Juzgado considera que en el caso del cargo por gastos de emísión "puede llegarse a la conclusión de que tal cláusula no es abusiva puesto que no contraría las exigencias de la buena fe ni causa, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".

Para el juez, "se trata de una parte del precio del billete, que se ha desglosado para especificar el valor que se imputa a un servicio que presta el transportista, servicio vinculado a una obligación principal del contrato, como es la emisión de billete, prestación que comporta un valor añadido a la obligación principal, que es inescindible de la misma y del que se beneficia el consumidor".

Añade que el consumidor, a través del desglose del precio, "puede comparar su importe con el de otros operadores y decidir con quien contrata, libertad de decisión que constituye el fundamento de un mercado basado en la libre concurrencia". Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en un plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Durante el juicio, las demandadas se opusieron a la pretensión de Facua, argumentando que no se trata de una condición abusiva, sino "una de las obligaciones naturales del contrato de transporte y que se desglosa con una finalidad informativa, sin que implique un mayor coste del billete". Spanair invocó, además, "la falta de legitimación pasiva de la demandante, al entender que no nos encontramos ante una condición general".

Facua argumentaba que los recargos por emisión "son contrarios a la legislación vigente en materia de protección de los consumidores y navegación aérea". Por ello solicitó "una acción de cesación para que se repute nula, por abusiva, la cláusula general que establece el cargo adicional por emisión de billetes" y que dicha cláusula "la eliminen las demandadas de sus condiciones generales".