Economía/Empresas.- El nuevo plan general de contabilidad no permitirá la amortización de los fondos de comercio

Actualizado: lunes, 19 febrero 2007 14:35

Las grandes empresas tendrán que detallar de forma más precisa todas las transacciones en las memorias


MADRID, 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

El nuevo plan general de contabilidad no permitirá que las empresas amorticen los fondos de comercio y cualquier pérdida de valor del mismo tendrá que ser reconocida contablemente en la cuenta de pérdidas y ganancias, según lo previsto en el primer borrador del plan elaborado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda.

Las empresas tendrán que revisar anualmente el deterioro o no del fondo de comercio mediante un 'test', que en caso de producirse tendrá que reconocerse contablemente como una pérdida de valor y, por consiguiente, no será recuperable.

Además, fuentes del ICAC señalaron que se está trabajando en un texto con criterios simplificados para que, sobre la base del plan general de contabilidad, las pequeñas y medianas empresas (pymes) puedan enfrentarse más fácilmente a los nuevos requisitos.

Otra de las principales novedades será el incremento de la información exigible, sobre todo para las grandes empresas, que tendrán que detallar de forma más precisa todas las transacciones que especifican en los modelos de memoria, con el objetivo de mejorar la transparencia informativa y facilitar la divulgación de información financiera.

El organismo publica desde hoy el primer borrador en su página web (http://www.icac.meh.es/) para que todas las empresas vayan preparando el cambio, aunque advierte que éste podrá ser modificado bien en la tramitación del proyecto de ley, o con las observaciones y comentarios que se formulen en su posterior tramitación ordinaria.

El borrador incorpora nuevas normas de registro y valoración sobre transacciones y elementos patrimoniales, que no regulaba el actual plan, como las denominadas "combinaciones de negocios" (que incluyen fusiones y escisiones de sociedades), las transacciones con pagos basados en acciones, los derivados financieros y las coberturas contables.

Asimismo, aparte de los tres epígrafes que ya es obligatorio especificar en las cuentas de resultados --balance, cuenta de pérdidas y ganancias, y memoria--, se incluyen dos nuevos estados de cambios, el estado de flujos de efectivo, que recoge los flujos de tesorería generados por las compañías, y el estado de cambios del patrimonio neto.

El borrador del plan establece una nueva clasificación de activos y pasivos gracias al "criterio de valor razonable", que diferencia según la gestión que la empresa vaya a hacer de ellos. Aparecerá una nueva figura de "activos no corrientes mantenidos para la venta" con la diferenciación obligatoria que tendrán que llevar a cabo las empresas de si el valor del activo se recuperará con el uso o con la posterior venta.

Igualmente, se incorpora al derecho contable español el concepto de "moneda funcional", que es la moneda del entorno económico en el que opera la empresa. Adicionalmente, las diferencias de cambio que surjan en los créditos y deudas en moneda extranjera, tanto positivas como negativas, se imputarán a la cuenta de pérdidas y ganancias.

MAS DETALLE PERO NO MAS OBLIGACIONES.

El borrador del nuevo plan de contabilidad no establece nuevas obligaciones a las empresas, sino un mayor detalle de alguna de ellas, según afirmaron fuentes del ICAC. En este sentido, señalaron también que estos cambios no deben suponer una mayor carga para las empresas y apuntaron que no tendrán un efecto "especialmente relevante" para la mayoría de empresas que ya tengan implementados los actuales mecanismos contables.

Según las previsiones, tras la correspondiente tramitación parlamentaria, el nuevo plan general contable estará vigente a partir del 1 de enero de 2008, por lo que las cuentas de resultados presentadas en 2009 sobre el año anterior ya tendrán que recoger estos cambios normativos.