La junta de accionistas aprobará la política de remuneraciones con carácter vinculante al menos cada tres años

Actualizado: viernes, 23 mayo 2014 13:36

El Gobierno fija que la remuneración en las empresas sea razonable acorde con su situación económica

MADRID, 23 May. (EUROPA PRESS) -

Las juntas de accionistas aprobarán la política de remuneraciones de las empresas con carácter vinculante, al menos cada tres años, y el cargo de administrador deberá ejercerse por un periodo máximo de cuatro años, frente a los seis actuales.

Así lo recoge el proyecto de Ley para la mejora del gobierno corporativo de las empresas, cuya remisión a las Cortes Generales ha sido aprobada este viernes por el Consejo de Ministros.

Sobre la retribución de los consejeros en las sociedades cotizadas, la política de remuneraciones contendrá, al menos, la remuneración total a los consejeros por su condición de tales y el sistema de retribución de los consejeros ejecutivos, con aspectos como la descripción de los componentes o la cuantía global fija anual y su variación.

El consejo de administración decidirá además la distribución individual siempre dentro de la política de remuneraciones, cuyas modificaciones requerirán aprobación de la junta, sin que se realice pago alguno mientras no haya sido aprobado por los accionistas.

Asimismo, el informe anual sobre remuneraciones seguirá siendo sometido a voto consultivo de la junta pero, en caso de voto negativo, deberá realizarse una nueva propuesta de política de retribuciones.

En lo que se refiere a todas las sociedades, la norma contempla que la remuneración de los administradores deberá ser "razonable", acorde con la situación económica de la sociedad y con las funciones y responsabilidades que les sean atribuidas.

El sistema de remuneración deberá estar orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad de la sociedad en el largo plazo.

Sobre los consejeros delegados, se clarifica el régimen de retribuciones por el ejercicio de facultades ejecutivas de éstos. En esos casos, se deberá firmar un contrato con el consejero que incluirá los distintos conceptos retributivos. Se aprobará por una mayoría cualificada del consejo y la abstención de los interesados.

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