BRUSELAS, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que España ha incumplido su obligación de recuperar las ayudas públicas ilegales concedidas a la empresa Indosa, filial vasca de Magefesa, dedicada a la fabricación de artículos de menaje de acero inoxidable y pequeños electrodomésticos.
La sentencia aclara que el hecho de que la compañía quebrara no le exime del reembolso de las ayudas, que a juicio del Tribunal siguen beneficiando a Euskomenaje, sociedad que continuó la actividad subvencionada.
El fallo podría aumentar el importe de la multa de 20 millones que el TUE impuso a España el pasado diciembre por no recuperar subvenciones ilegales a Indosa.
Aquella sentencia se refería a avales crediticios y subvenciones, mientras que la de este jueves afecta a las ayudas concedidas al permitirse un impago continuado de impuestos y cotizaciones a la seguridad social.
La justicia europea rechaza las alegaciones de España de que la inexistencia de activos hizo imposible la recuperación de las ayudas consideradas, dado que Indosa fue declarada en quiebra, y CMD, que la sucedió, en concurso de acreedores.
A este respecto el Tribunal de Justicia señala que el hecho de que una empresa se halle en dificultades no afecta a la obligación de recuperación. La eliminación de la distorsión de la competencia resultante de las ayudas puede, en principio, lograrse incluyendo el importe de la subvención como crédito en la lista de acreedores, algo que no se hizo en este caso.
El Tribunal de Justicia añade que, incluso si se hubiesen inscrito, ello no hubiese bastado para cumplir con la obligación de recuperación de las ayudas si no cesa definitivamente la actividad de la empresa.
En este caso, en 2008, tras haber sido declarada CMD en estado legal de concurso de acreedores, una parte de sus antiguos trabajadores crearon la empresa Euskomenaje, que continuó la actividad subvencionada en los locales de CMD y fue autorizada a utilizar a título gratuito los activos de CMD.
La sentencia estima que "varios elementos ponen de manifiesto que Euskomenaje disfruta de la ventaja competitiva ligada a las ayudas". "Las circunstancias acaecidas en el marco del procedimiento concursal de CMD revelan que ésas tenían por finalidad garantizar la continuación indefinida de la actividad subvencionada, y ello pese a que las ayudas ilegales no habían sido recuperadas", concluye el fallo.