Economía/Motor.- El TDC resuelve que no ha prescrito la sanción de 426.700 euros impuesta a Faconauto en 1993

Actualizado: domingo, 21 enero 2007 13:33

MADRID, 21 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha dictado un auto en el que estable que no han prescrito las tres multas por un importe conjunto de 426.700 euros impuestas a la Federación de Asociaciones de Concesionarios de Automoción (Faconauto) en 1993.

En fuentes de Faconauto avanzaron a Europa Press que la organización interpondrá un nuevo recurso contencioso administrativo ante el TDC, que se sumará a otro recurso ya iniciado y sustanciado ante la Audiencia Nacional.

La resolución del TDC, a la que tuvo acceso Europa Press, tiene su origen en la sentencia dictada por este Tribunal en 1993, en la que se imponía a Faconauto tres sanciones por un importe total de 71 millones de pesetas (426.718,46 euros).

El Tribunal impuso entonces a Faconauto una multa de un millón de pesetas (6.101 euros) por recomendar la fijación de los precios de los talleres, otra sanción de 55 millones de pesetas (330.556,65 euros) por recomendar la fijación de los precios de coches usados y una tercera multa de 15 millones de pesetas (90.151,81 euros) por concertar la puesta en común de condiciones comerciales.

Faconauto presentó recurso contra esta resolución ante la Audiencia Nacional, que dictó sentencia en septiembre de 1997 desestimando los argumentos de la patronal de los concesionarios y confirmado la decisión del Tribunal de Defensa de la Competencia.

Por su parte, el Tribunal Supremo rechazó en 2003 el recurso de casación interpuesto por la Federación, con lo que la sentencia adquirió el carácter de firme.

En abril del pasado año, el TDC aprobó una resolución de ejecución de sentencia en la que ordenaba a Faconauto el pago de las multas impuestas, no satisfecho hasta entonces.

La organización recurrió esta decisión ante el Servicio de Defensa de la Competencia y ante la Audiencia Nacional, instancia que accedió a suspender cautelarmente la ejecución de la sentencia, para lo que exigió el depósito de un aval de 426.718,26 euros. Faconauto cumplió esta condición y depositó el aval por el importe de las multas.

De su lado, el Servicio de Defensa de la Competencia rechazó los argumentos de sobre la prescripción de las sanciones y, tras una nueva reclamación de Faconauto, el caso llegó nuevamente al Tribunal que preside Luis Berenguer.

En su última resolución, el TDC ha desestimado el recurso de la patronal, por considerar que el plazo de tres años para la prescripción de las multas empezó a contar el 14 de mayo de 2003, cuando se comunicó a Faconauto que la sentencia era firme, y no había vencido el 24 de abril de 2006, cuando se notificó la resolución de ejecución de la sentencia.