Economía/Pesca.- El Gobierno regula la implantación del diario electrónico en los buques pesqueros

Actualizado: martes, 24 noviembre 2009 18:32

MADRID, 24 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ha regulado, en una Orden Ministerial publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la implantación del diario electrónico en los buques pesqueros españoles en la que se define el equipo mínimo necesario para el registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad pesquera, de acuerdo con la normativa comunitaria.

Según informó el departamento que dirige Elena Espinosa, el reglamento prevé que los capitanes de los buques pesqueros comunitarios lleven un diario a bordo en el que anoten su actividad pesquera después de cada marea y en las 48 horas siguientes al desembarque.

Esta obligación afectará a los buques pesqueros españoles de eslora total superior a 24 metros a partir del 1 de enero de 2010, con independencia de las aguas en las que desarrollen sus operaciones de pesca o de los puertos en los que desembarquen sus capturas.

En el transcurso de una marea, los capitanes de los buques pesqueros estarán obligados a la transmisión electrónica a la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura del Ministerio de los datos anotados en el diario electrónico a bordo al menos una vez al día y antes de las 24 horas GMT (Tiempo Medio de Greenwich, por sus siglas en inglés).

El Ministerio añade que esta comunicación deberá hacerse, incluso, en el caso de que los buques no hayan efectuado capturas, mientras que quedan excluidos de esta obligación los buques pesqueros que realicen mareas cuya duración no supere las 24 horas, siempre que estas mareas se lleven a cabo en aguas de soberanía o jurisdicción españolas y las capturas se desembarquen en puertos españoles.

Del mismo modo, la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura hará entrega, con carácter gratuito, a los buques de eslora total superior a 24 metros de una aplicación informática DEA (diario electrónico a bordo) para su instalación en el equipo informático de recogida de datos.