Rechazada la demanda interpuesta por la madre de Gimeno contra la adopción de Marta y Cristina Álvarez

FUNDACIÓN RAMÓN ARECES
Actualizado: miércoles, 26 junio 2019 18:27

 

 

 

 

María Antonia Álvarez recurrirá ante la Audiencia Provincial al estar "disconforme" con el auto del Mercantil

MADRID, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

La jueza María Dolores Fernández Alcalde ha rechazado la demanda interpuesta por María Antonia Álvarez, la madre de Dimas Gimeno, contra la adopción de Marta y Cristina Álvarez por parte del expresidente de El Corte Inglés Isidoro Álvarez, fallecido el 14 de septiembre de 2014, según el auto al que ha tenido acceso Europa Press.

El auto señala que la demandante, a través de sus propios actos, ha aceptado la adopción y no tiene "legitimación activa" para instar la nulidad de los actos, aceptaciones y adjudicaciones de bienes y herencias realizadas por ser Marta y Cristina "herederas universales del adoptante" y por no ser ella heredera forzosa de su hermano Isidoro y haber aceptado el legado y el testamento hace unos años.

De esta forma, la madre de Gimeno carece de interés protegible que le permita discutir la validez de la adopción que su hermano Isidoro expresamente ejecutó, por lo que la familia de Gimeno carece de derechos sucesorios sobre la herencia del que fuera presidente del gigante de la distribución diferentes a los que figuraban en su testamento.

En este caso, según el auto, se ejercita la acción por la demandante como hermana del adoptante ya fallecido, por lo que no se ejercita por alguien que por derecho propio pudiera ser parte en el procedimiento de adopción, que hubiera tenido que ser oído o que sea titular de derechos que se vieron afectados por lo resuelto en él.

"El posible interés de la demandante, fuera del procedimiento de adopción, solo puede venir dado por su condición de heredera del adoptante fallecido y en cuanto sus derechos hereditarios se pudieran ver afectados por la adopción que se cuestiona", señala la jueza.

En este sentido, la madre de Dimas Gimeno es hermana del adoptante y por lo tanto carece de derechos como heredera forzosa y en consecuencia "no habría una posible modificación de su legítima en el supuesto de que la adopción de las demandadas quedara afectada por la nulidad del procedimiento de adopción", explica.

UNA SUCESION "TESTADA"

La jueza reconoce que es cierto que la demandante como hermana del adoptante podría tener derechos en la sucesión de este como pariente colateral, pero en este caso, "existe una sucesión testada en la que el adoptante instituyó como herederas universales a las dos demandadas (Marta y Cristina) y un legado a favor de la actora, por lo que la voluntad del testador excluiría otros posibles derechos de la demandante".

Por ello, según la jueza, debe entenderse que no se aprecia que exista ningún interés legítimo del que sea titular la madre de Gimeno que pueda ser "objeto de protección" y por ello debe ser apreciada su "falta de legitimación activa" para el ejercicio de la acción de nulidad en la que se basa la demanda y por ello "debe ser destimada".

De esta forma, el procedimiento de adopción queda archivado sin necesidad de juicio con la imposición a María Antonia Álvarez de la obligación de pagar las costas procesales del mismo.

El pronunciamiento de la jueza coincide con la posición del ministerio fiscal, que consideraba que la madre de Gimeno carecía de interés protegible que permitiera discutir la validez de la adopción de Marta y Cristina Álvarez por Isidoro Álvarez.

LA MADRE DE DIMAS GIMENO PRESENTARÁ RECURSO DE APELACIÓN

Por su parte, María Antonia Álvarez ha comunicado su intención de presentar en el plazo concedido el pertinente recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra el auto para hacer valer sus intereses y sus derechos, según ha informado su representante legal.

En concreto, la madre de Dimas Gimeno se ha mostrado "disconforme" con el dictamen del auto, ya que la excepción se planteó por las demandadas y ha sido resuelta por la juez con arreglo a un "procedimiento de impugnación de adopción, y no sobre un procedimiento de nulidad de adopción", que es la acción ejercitada en su escrito de demanda.

La representación legal cree que la estimación de la juez implica que "no se ha llegado a entrar, a conocer ni a enjuiciar sobre el fondo del asunto, es decir, sobre si el procedimiento de adopción se llevó a cabo bajo la estricta observancia de las diposiciones que establece el ordenamiento jurídico".

Además, recuerda que María Antonia Álvarez ha sido heredera de su hermano toda la vida, hasta la modificación de su último testamento, el cual instituyó herederas a Marta Álvarez Guill y a Cristina Álvarez Guill tras haber procedido a adoptarlas mediante el procedimiento cuya nulidad se insta.

Los abogados de la hermana de Isidoro Álvarez han señalado que sí se tiene constancia y se han acreditado numerosas pruebas documentales, manifestaciones notariales y testificales que "prueban las irregulares seguidas" en el proceso de adopción.

MARTA SE PERFILA COMO PRESIDENTA DE EL CORTE INGLES

El auto, con fecha 24 de junio, se ha emitido la misma semana en la que se ha conocido que El Corte Inglés abordará en su consejo de administración del próximo mes de julio el nombramiento de Marta Álvarez como nueva presidenta del grupo en sustitución de Jesús Nuño de la Rosa, que seguirá como consejero delegado junto a Víctor del Pozo.

De esta forma, tras la renuncia de Nuño de la Rosa a la presidencia del grupo, justo un año después de su nombramiento, Marta Álvarez tomará con toda probabilidad las riendas del gigante de la distribución, en el que junto a su hermana Cristina controla casi el 60% del capital.

El nombramiento de una de las hijas de Isidoro Álvarez supondrá el regreso de un miembro de la familia fundadora a la presidencia de El Corte Inglés, donde la mayor parte de los consejeros consideran idóneo volver al escenario diseñado en 2017 con un presidente representante de la propiedad y dos consejeros delegados.

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