(Ampl.) El Congreso aprueba un nuevo catálogo de infracciones muy graves en el control aéreo

Actualizado: martes, 21 diciembre 2010 15:19

Simular enfermedad, faltas injustificadas y abandonar el puesto acarreará multas de entre 250.000 euros a 4,5 millones o la pérdida de la licencia


MADRID, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes por unanimidad el proyecto de Ley de Seguridad Aérea, que ahora será remitido al Senado, y por el que se establece el Programa Estatal de Seguridad Operacional (PESO), se modifica la regulación de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC) y se incluye un nuevo catálogo de infracciones en el control del tráfico aéreo que para casos muy graves puede suponer multas de entre 250.000 euros a 4,5 millones de euros.

Durante su debate en la Comisión de Fomento, todos los grupos parlamentarios mostraron su satisfacción por los acuerdos alcanzados durante la ponencia del proyecto y valoraron de forma positiva" todas las aportaciones de los grupos, si bien expresaron que "quedan flecos" por perfilar que confiaron se resuelvan en su paso por la Cámara Alta.

Tras las enmiendas presentadas por los grupos, el nuevo proyecto incluye en su artículo 48. bis la tipificación como infracción administrativa muy grave "simular enfermedad o disminución de la capacidad psicofísica o dificultar o negarse a realizar controles médicos", "dificultar, retrasar o negarse a recibir las labores de formación", "obstaculizar o impedir las pruebas de calidad o auditorías" en los centros de trabajo, así como la falta injustificada al puesto de trabajo.

En estos supuestos, considerados "muy graves" la multa ascendería entre los 250.000 euros y los 4,5 millones de euros o la pérdida de la licencia de controlador, mientras que para las infracciones graves se situaría entre los 70.000 y los 250.00 euros. Las faltas tipificadas como infracción leve supondrán el apercebimiento o una sanción desde los 4.500 hasta los 70.000 euros. De esta forma, estas sanciones se aplicarían de forma automática desde la entrada en vigor de la nueva ley.

RESPALDO UNÁNIME DE TODOS LOS GRUPOS.

Al respecto, el portavoz del Grupo Popular, Sebastián González, apuntó que lo "deseable" hubiese sido que estas infracciones vinculadas al control del tránsito aéreo se hubiesen establecido con anterioridad al 'plante' de los controladores antes de llegar a una situación "excepcional" como es el estado de alarma para penalizar las conductas "irresponsables tanto de los controladores, como de AENA".

González, quién calificó el desarrollo de la nueva ley de "un buen proyecto", mostró su preocupación por las infracciones planteadas en este sentido e instó a que se gradúen con mayor proporcionalidad y señaló que también sería bueno matizar la gestión de la información confidencial que aportan los profesionales aeronáuticos, así como dar un impulso a la creación del Consejo Asesor de Aviación Civil, todavía no constituido.

Por su parte, el portavoz de CiU, Pere Macias, subrayó con respecto a las enmiendas incluidas que fijan un nuevo régimen disciplinario que "todo aquello" que ayude a resolver "cuanto antes" la situación que atraviesa el control aéreo actualmente es "positivo" sobre todo porque deja "claras" las soluciones ante episodios como los del 'plante' de los controladores por vía administrativa.

En la misma línea, el portavoz del Grupo Mixto, el diputado del BNG Francisco Jorquera, se mostró partidario de acudir a la administración ordinaria y "no a mecanismos de excepción", como el estado de alarma.

De su lado, el portavoz del PNV, Ramón Beloki, señaló que es esta dirección para intentar devolver "la cordura y sensatez" a la hora de tomar decisiones a "un mundo que, por la actitud irresponsable de controladores y de AENA, había perdido toda cordura y toda sensatez, camino en el que nunca se entró en los últimos 30 años".

El nuevo proyecto de Ley, que modifica la Ley de Seguridad Aérea de 2003, actualiza y mejora los estándares de seguridad operacional, conforme a la normativa de la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI) y la UE, delimita con claridad las obligaciones de los empleados públicos y privados implicados en el sector aéreo, refuerza la capacidad de las inspecciones y potencia la capacidad sancionadora de las autoridades competentes con carácter preventivo, además de garantizar la protección de la información de los profesionales aeronáuticos.

OBLIGACIONES PARA LAS AEROLÍNEAS.

Además, se establece la obligación para las compañías aéreas de informar de las causas de cancelación o retraso de los vuelos, así como de los derechos que asisten a los pasajeros afectados, que deberá ser "precisa, veraz e inmediata" sin necesidad de que les sea requerida por los pasajeros, tras tener conocimiento de las circunstancias que lo provocaron. Las compañías tendrán que cumplir con las obligaciones ya establecidas en el reglamento de la CE 161/2004, que establece normas comunes sobre las compensaciones a los usuarios.

En cuanto al transporte de forma gratuita en cabina del equipaje de mano, podrán incluirse los objetos adquiridos en las tiendas del área de embarque, y únicamente podrá denegarse por razones vinculadas a la seguridad, el peso o el tamaño de los mismos.

MODIFICACIÓN Y NUEVAS OBLIGACIONES DE LA CIAIAC.

Según destacó el portavoz del Grupo Socialista, Rafael Simancas, durante su intervención el nuevo proyecto también modifica la regulación sobre la investigación técnica de accidentes aéreos, que será común para todos los países de la UE, refuerza la independencia de la CIAIC mediante su control parlamentario en la designación de su presidente y en la remisión al Congreso de la memoria anual de su actividad, y potencia la capacidad de la Agencia de Seguridad Aérea (AESA) que ampliará sus competencias.

Con ello, se pretende contribuir a que la investigación judicial y técnica sean "suficientemente independientes para cumplir con sus objetivos".

Por otro lado, se garantiza el suministro de información de los profesionales aeronáuticos, que voluntariamente reportan incidentes y fallos susceptibles de provocar un accidente, datos sobre los que la autoridad aeronáutica establecerá los mecanismos necesarios para preservar su confidencialidad no pudiendo difundir "ninguno de los datos, grabaciones o comunicaciones" con otro fin.