CÓRDOBA 3 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de Córdoba pide nueve años y medio de prisión para L.C.M.R., de 40 años, que será juzgado mañana por maltratar y amenazar continuamente a sus padres y su tía, de entre 78 y 83 años, supuestamente para obligarles a que les diera dinero.
Según la calificación provisional del fiscal, a la que tuvo acceso Europa Press, el acusado convivía en un domicilio de Montilla (Córdoba) con sus padres y su tía, de 82, 78 y 83 años respectivamente. Desde hace, al menos, siete años éstos sufren una situación de "ansiedad y miedo hacia el acusado, el cual los tiene absolutamente dominados, exigiéndoles continuamente dinero a su padre".
De hecho, según el escrito, ha llegado a consumir el patrimonio familiar e incluso han faltado alimentos en los primeros días del mes, a pesar de que los ingresos del padre y la tía suman en conjunto unos 3.000 euros. Además, el fiscal apunta que la vivienda presenta una situación de suciedad latente, con acumulación de basuras, llegando a presentar el padre y la tía, una situación de delgadez extrema, tal y como apreciaron los servicios sociales del Ayuntamiento de Montilla.
A lo largo de los últimos años, el acusado presuntamente los insultaba continuamente y los amenazaba con hacerles daño a sus nietos o sobrinos. En una ocasión, amontonó ropa en su dormitorio, la impregnó de gasolina y amenazó con quemarlo todo y prenderle fuego a la casa.
A su madre la tiene asustada, hasta el punto de que algunas noches, cuando están durmiendo, el acusado entra en el dormitorio y, despertándoles, les exige que les dé dinero, relata el fiscal.
Respecto a su padre, el ministerio público apunta que "las humillaciones y agresiones son constantes" y que incluso un día le echó pegamento por el cuello de la camisa, en otra ocasión le restregó dos merengues por no darle dinero, y en otra lo amenazó de madrugada con un cristal para que lo llevara a ver a un amigo.
Por tales hechos, el fiscal pide también la prohibición de que el acusado pueda acercarse a estas personas en un radio de 500 metros ni a su domicilio por un periodo de tres años.