Actualizado 22/10/2007 14:36

El ex presidente de Anesvad podrá eludir la prisión provisional con el pago de una fianza de 300.000 euros

El auto cree que hay "indicios abrumadores" de que "no todas las donaciones de la Fundación se encuentran en el patrimonio de Anesvad


BILBAO, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

El ex presidente de Anesvad, José Luis Gamara, podrá eludir la prisión provisional con el pago de una fianza de 300.000 euros, después de que el Juzgado de Instrucción número 8 de Bilbao haya modificado su situación procesal. El ex responsable de la ONG, al que se le prohibe acercarse a la sede y trabajadores de Anesvad, se le considera presunto autor de un delito de apropiación indebida. El auto asegura que hay "indicios abrumadores" de que "no todas las donaciones de la Fundación se encuentran en el patrimonio de Anesvad.

La resolución judicial se produce después de que este verano la Audiencia Provincial de Bizkaia decidiera mantener la prisión para Gamarra, al considerar que existía una "alta probabilidad de fuga y de entorpecimiento de la investigación".

Gamarra fue detenido el pasado 8 de marzo y, tres días después, se acordó para él la prisión provisional sin fianza. El pasado 5 de octubre, la defensa volvió a solicitar la libertad provisional para Gamarra, medida que finalmente ha sido aceptaba, tras el correspondiente pago de una fianza.

El auto señala que, a pesar de lo alegado por la defensa sobre la justificación documental de los movimientos realizados por el imputado con el dinero de la Fundación Anesvad, "existen indicios abrumadores en la causa de los que se derivan que no todas las donaciones recibidas por la Fundación se encuentran en el patrimonio de Anesvad".

También considera que existen "indicios de que el dinero desviado ha sido para beneficio particular del imputado", y en la actualidad se investiga "dónde se encuentra la cantidad de 601.012,10 euros que en fecha 15 de Enero de 2002 dispuso de la cuenta del BBVA", mediante cheque compensado por el BSCH con destino a una cuenta cuyo titular es José Luis Gamarra.

Este cheque se expidió con carácter nominativo a nombre de Gamarra Aranoa y fue firmado por éste en fecha 27 de diciembre de 2001. Además, existe otro cheque por importe de 12.000 euros en el que aparece como beneficiario, en el dorso, el imputado, así como otro que se expidió en la cuenta del BBVA por importe de 198.000 Euros que, aunque se compensa por el BSCH, el beneficiario es también el ex presidente de Anesvad al tratarse de un cheque cruzado y firmado por éste en el reverso.

Asimismo, el magistrado cree que se debe determinar "dónde se encuentra la cantidad total de 291.745,90 Euros, cantidades cobradas en metálico en varios cobros realizados desde el 22 de Mayo de 2003 hasta el 14 de Septiembre de 2005 por uno de los trabajadores de Anesvad mediante la presentación en la entidad bancaria de cheques al portador extendidos y firmados únicamente por José Luis Gamarra Aranoa".

En este sentido, asegura que ha quedado acreditado que tres de estos cobros se encuentran en la cuenta que el imputado tenía en el Consulado General de Filipinas. Junto a dicha cantidad existen otras que son cobradas en metálico por otros trabajadores mediante el mismo sistema "y que actualmente no se puede determinar dónde esta dicho dinero".

El titular del Juzgado de Instrucción número 8 de Bilbao señala que también queda por investigar, entre otras cuestiones, por qué el imputado extendió a cargo de la cuenta de la Fundación Anesvad dos cheques al portador a favor de varios empleados por importe de 96.000 Euros y 20.434 Euros, "siendo beneficiarios dichas personas físicas", así como "quién cobró el cheque emitido por el imputado al portador por importe de 6.010 Euros en fecha 25 de Abril de 2002, dónde se encuentra la cantidad de 21.000 Euros que se dispuso, mediante cheque, de la cuenta a nombre del Consulado pero con fondos procedentes de Anesvad y otro de 17.400 euros de la misma cuenta con destino a una cuyo titular es Gamarra.

El magistrado trata de determinar "por qué cuentas que se nutren de donativos de particulares no aparecen en la contabilidad de Anesvad ni se encuentran bajo el control de la Fundación" y de aclarar "el resultado de las informaciones solicitadas a Suiza y Francia sobre cuentas que el imputado tiene abiertas a su nombre en dichos países".

También intenta esclarecer "si la investigación que la Fiscalía de Suiza tiene abierta al imputado guarda relación con las cuentas objeto de la investigación en el presente procedimiento, así como otra multitud de operaciones realizadas por José Luis Gamarra y que fueron puestas de manifiesto por el inspector de Finanzas en su funciones de auxilio judicial en el informe presentado en Julio de 2007".

"Por todo lo anterior, cabe decir que la afirmación realizada por la defensa de que todas los fondos de Anesvad se encuentran en el patrimonio de ésta es, sencillamente, sorprendente", asevera.

PRISION PROVISIONAL

El magistrado explica que la prisión provisional de José Luis Gamarra Aranoa se decretó en su día con los objetivos de "evitar la ocultación, alteración y destrucción de fuentes de prueba relevantes y el riesgo de sustraerse a la acción de la justicia". No obstante, considera que las circunstancias han cambiado.

En esta línea, apunta que, respecto al peligro de que el imputado ocultara, alterara o destruyera las fuentes de prueba relevantes, considera que el riesgo "ha disminuido desde que se adoptó la medida cautelar consistente en la administración judicial de la Fundación Anesvad, ya que, en virtud de dicha medida, tuvo lugar el 4 de octubre la toma de posesión de los cargos de dos de los administradores judiciales nombrados y el 9 de Octubre del tercer administrador", que se encargan de la gestión de la fundación.

El mismo 4 de Octubre se requerió a los anteriores miembros que formaban parte del patronato, todos ellos familiares y amigos del imputado que actuaban a las órdenes de éste, para que cesaran en el ejercicio de sus funciones.

"Todo ello implica que desaparece el riesgo de que el imputado, ya sea personalmente o a través de los antiguos miembros del patronato, pudiera tener acceso a papeles, ficheros informáticos u otro tipo de documentos de la Fundación con la finalidad de ocultar, manipular o destruir pruebas relevantes para el proceso", subraya la resolución judicial.

Sin embargo, reconoce que el riesgo por ha desaparecido del todo, por lo que deben "adoptarse otras medidas menos gravosas que la prisión provisional", por lo que se le prohíbe el acercamiento del imputado a la sede y locales de la Fundación, así como la prohibición del imputado de comunicarse, "por cualquier medio", con los trabajadores de Anesvad porque "todavía quedan pendientes de practicar numerosas declaraciones testificales" y se pretende evitar que el imputado influya en los testigos. Por ello, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Bilbao deberán garantizar el cumplimiento de la medida cautelar de alejamiento.

RIESGO DE FUGA

Tampoco considera que haya desaparecido "el riesgo de fuga" de éste por completo, "dada cuenta de que la Embajada de Filipinas mantiene su consideración de cónsul honorífico, por lo que dicha condición le permitiría extraerse de la acción de la justicia con mayor facilidad".

Sin embargo, destaca que "existen otras medidas menos gravosas para evitar tal riesgo como la prohibición de salida del territorio español con la consiguiente retencion del pasaporte, así como la obligación 'apud acta' de comparecer ente éste Juzgado los lunes de cada mes y ante el órgano judicial que en su día conozca de la causa cuantas veces fuera llamado".

Finalmente, acuerda la prisión provisional eludible con el pago de fianza de 300.000 euros. Contra la resolución, cabe recurso de reforma ante el mismo Juzgado a presentar en un plazo de tres días.