Actualizado 20/03/2009 19:04

TSJ andaluz confirma la condena a dos años para un hombre por la muerte de su mujer que cayó por el balcón

MÁLAGA, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena a dos años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga a un irlandés por un delito de homicidio por imprudencia grave por la muerte de su mujer, que cayó por el balcón de un hotel de la localidad malagueña de Marbella (Málaga), tras una fuerte discusión con el acusado en la terraza de la habitación.

Así, el alto Tribunal andaluz confirma la resolución dictada por el magistrado-presidente del Jurado, tras desestimar íntegramente, en una sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado, que solicitó en el juicio con jurado la absolución de su cliente, al considerar que se trató de un accidente.

Los hechos sucedieron el 11 de febrero de 2000, el mismo día en que la pareja llegó a Marbella con su hijo de tres años de edad. La discusión, que se inició en la habitación, degeneró en pelea en la terraza y, en un momento dado, el hombre ejerció una acción de fuerza sobre la víctima que dio lugar "por la inercia" a que cayera por el borde de la barandilla, deslizándose y rebasándolo. El marido intentó ayudarla.

Los jurados no acogieron la tesis de la acusación particular, que pedía una condena por homicidio, y sí la del fiscal, determinando que el acusado "no tenía intención de matar a su esposa, pero pudo haber previsto, dada la proximidad a la barandilla, la altura que la misma tenía y la situación de fuerza, que podía generarse una situación de grave riesgo para la persona como en este caso se produjo".

La Sala del TSJA desestima todos los argumentos de la defensa del procesado y concluye que "la acción ejecutada por el acusado quebró el más elemental deber de cuidado que cualquier persona mínimamente diligente debe observar, teniendo en cuenta la gran violencia empleada, el lugar en que ocurrieron los hechos --terraza, a gran altura y con barandilla a una altura de 110 centímetros-- y en unas condiciones en las que la previsibilidad de resultado finalmente acaecido era más que patente".

Sobre la falta de motivación del veredicto la sentencia afirma que "no se plantea duda alguna sobre cuáles fueron las razones por las que el jurado le encontró culpable" y apunta que los miembros del tribunal popular declararon su culpabilidad "con contundencia", por lo que determina que la motivación "es no sólo suficiente sino completamente irreprochable".

"Si el jurado no dudó y se inclinó por una determinada versión, sobre la base de elementos de convicción practicados en el juicio oral que amparan dicha versión, es irrelevante la duda que pueda tener esta Sala sobre qué fue realmente lo ocurrido", se asevera en la sentencia, en la que se insiste en que el relato está basado "en prueba de cargo lícita y suficiente".