El Consejo de Europa pide a España ampliar la protección de menores de 16 años ante abuso sexual en círculo de confianza

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Archivo - Un niño juega con varios juguetes. - Isabel Infantes - Europa Press - Archivo
Europa Press Sociedad
Publicado: miércoles, 15 octubre 2025 18:31

MADRID 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Comité de las Partes del Consejo de Europa en el Convenio para la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual (Comité de Lanzarote) ha recomendado a España ampliar su legislación penal para proteger mejor a los niños por debajo de la edad de consentimiento sexual (16 años) frente al abuso sexual por parte de personas de su círculo de confianza.

En su informe titulado 'Protección de los niños contra el abuso sexual en el círculo de confianza', consultado por Europa Press, el Comité de Lanzarote examina a los 48 Estados Parte del Convenio de Lanzarote --entre ellos, España--, mide los avances logrados desde el primer informe de seguimiento de 2015, identifica prácticas prometedoras y ofrece recomendaciones de acción.

Sobre España, el Comité destaca que es el único país de los 48 estados analizados que utiliza expresamente en su Código Penal la formulación de abuso de una "posición reconocida de confianza, autoridad o influencia" sobre el menor para definir el delito de abuso sexual en el círculo de confianza.

En concreto, el artículo 182 del Código Penal castiga con pena de prisión a quien "interviniendo engaño o abusando de una posición reconocida de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima, realice actos de carácter sexual con persona mayor de 16 años y menor de 18".

Si bien, el Comité de Lanzarote considera que España debe mejorar la formulación para el caso de víctimas de abuso sexual que están por debajo de 16 años. El objetivo del Comité es que la legislación esté redactada "con la suficiente amplitud para abarcar todas las situaciones pertinentes" y no se restrinja a padres biológicos, adoptivos, agentes de la autoridad o funcionarios públicos.

Además, en el caso de otros países, el Comité advierte de que la legislación no debe dejar fuera, por ejemplo, a "amigos de la familia o vecinos".

LA RETIRADA DEL MENOR DE SU FAMILIA, "ÚLTIMO RECURSO"

Por otro lado, sobre la retirada del menor víctima de abuso sexual de su hogar, el Comité señala que España, junto a Armenia y Mónaco indicaron explícitamente que la decisión de retirar a un menor se adopta "si se considera que redunda en su interés superior", pero "no necesariamente como medida de último recurso".

Por el contrario, el Comité considera que "la retirada del menor víctima debería ser el último recurso" y que los estados deben reflejar "claramente este principio en la legislación o en la práctica".

Entre los aspectos positivos, el informe cita a España entre los países que establecen "sanciones más estrictas cuando se abusa de una posición de confianza, autoridad o influencia para satisfacer necesidades sexuales frente a un menor"; y destaca que, junto a Malta, España hace "referencia específica al abuso de autoridad, confianza o influencia como factores agravantes para aumentar las sanciones por cada delito específico de abuso sexual".

También enumera algunas "prácticas prometedoras" de España como que "un menor puede presentar una denuncia sin estar acompañado por un adulto" o que tipifica expresamente como delito la incitación a menores para la producción de imágenes y vídeos que constituyen material de abuso sexual infantil.

Asimismo, el Comité reconoce que España cuenta con servicios Barnahus (Casa de los niños y las niñas, en islandés) --un modelo de atención integral para casos de abuso sexual infantil, lejos de comisarías y hospitales, que cuenta con un entorno amigable para los niños--. Si bien, sugiere a España, al igual que al resto de estados que extienda este modelo a todo el territorio nacional.

"Ningún niño debería estar jamás inseguro en el mismo círculo que se supone que debe protegerlo. Con nuestro informe, instamos a todos los Estados a cerrar las brechas restantes y a convertir cada entorno en un lugar de seguridad y confianza", ha subrayado la presidenta del Comité de Lanzarote, María José Castello-Branco.

En general, el informe celebra los avances logrados en los países analizados desde la primera ronda de monitoreo, e insta a los que aún limitan la protección a circunstancias muy específicas o que solo cubren a los menores de edad que no han alcanzado la edad legal de consentimiento a que tomen medidas urgentes.

El Comité defiende que el abuso sexual en el contexto familiar requiere detección temprana, medidas de protección rápidas e intervenciones coordinadas que prioricen la seguridad y el interés superior del niño.

En este sentido, pone en valor que la mayoría de los estados analizados prevén la separación del presunto agresor del hogar incluso antes de iniciar el proceso penal.

También destaca el aumento del número de países en los que se ha implementado el modelo Barnahus con prácticas que ayudan a evitar la victimización secundaria de los niños víctimas y a garantizar su participación efectiva en el proceso de justicia, pasando de seis a 28 países.

A su vez, el Comité insta a los Estados a proteger a los niños contra todo daño grave, no solo contra los delitos que impliquen penetración, sino también contra las actividades como el 'grooming' (cuando un adulto que se pone en contacto con un menor para ganarse su confianza e involucrarle en una actividad sexual).

Por otro lado, reconoce que los niños pueden participar en conductas sexuales perjudiciales con otros niños y exige a los países que proporcionen educación integral para ayudarlos a reconocer y evitar estas actividades, y a acceder a apoyo si son víctimas. El Comité invita a las partes, siempre que sea posible, a adoptar un enfoque de justicia restaurativa al tratar con niños que han superado la edad de responsabilidad penal.

Igualmente, recomienda a los estados que aún no lo hayan hecho que adopten medidas para prevenir la difusión pública de información que pueda conducir a la identificación de niños víctimas de explotación o abuso sexual; y les aconseja mejorar los mecanismos para supervisar a los condenados, sin obstaculizar su posible rehabilitación.

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