Publicado 23/09/2022 18:21

Expertos en infancia recuerdan que los menores de 16 años no pueden dar consentimiento sexual, según el Código Penal

Archivo - Alumnas a la entrada de un instituto.
Archivo - Alumnas a la entrada de un instituto. - María José López - Europa Press - Archivo

   MADRID, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

   Los niños y niñas menores de 16 años en España no pueden dar su consentimiento para mantener relaciones sexuales, según han recordado expertos en infancia citando el Código Penal, después de que la ministra de Igualdad, Irene Montero, dijera este jueves que los niños tienen derecho a conocer que pueden tener relaciones sexuales con quien quieran.

   "Los niños, las niñas y les niñes de este país tienen derecho a conocer su propio cuerpo, a saber que ningún adulto puede tocar su cuerpo si ellos no quieren, y que eso es una forma de violencia. Tienen derecho a conocer que pueden amar o tener relaciones sexuales con quien les dé la gana, basadas, eso sí, en el consentimiento", subrayó Irene Montero este jueves durante la Comisión de Igualdad del Congreso.

   Posteriormente, en declaraciones a los medios añadió que hay que "garantizar a los niños una educación sexual que les permita en un futuro vivir libremente su sexualidad y sus relaciones afectivas". Además, incluyó a los adolescentes en su referencia a la educación sexual.

   En concreto, el Código Penal dice que "el que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años".

   "Lo que dice el Código Penal, que se modificó recientemente, es que la edad de consentimiento sexual son los 16 años; entre 16 y 18 años es cuando un menor puede dar consentimiento sexual, para los menores de 16, en ningún caso, excepto en aquellos casos en los que el juez pueda determinar que la madurez y grado de desarrollo es similar", ha explicado a Europa Press el director de la Plataforma de Infancia, Ricardo Ibarra.

   No obstante, señala que es "una excepción muy puntual" y que, para los demás casos, "el Código Penal es claro" de forma que solo existe la posibilidad de consentimiento sexual para los mayores de 16 años.

   En todo caso, Ibarra considera que parte de la polémica por las declaraciones de la ministra de Igualdad, Irene Montero, surge por las diferencias de lo que se entiende por niño y niña pues, de acuerdo con la Convención de Derechos del Niño, los niños son los menores de 18 años.

   Así se lee en el documento: "La Convención, a lo largo de sus 54 artículos, reconoce que los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones".

   Si bien, el director de la Plataforma de Infancia apunta que otras personas asocian 'niño' a otras edades más tempranas. "Cuando la gente habla de niños puede estar pensando en menores de 16 años pero legalmente un niño es un menor de 18 años", ha apostillado Ricardo Ibarra.

SIMILAR EDAD Y MADUREZ

   En cualquier caso, tal y como ha precisado la responsable de Políticas de Infancia de Save the Children, Carmela del Moral, el consentimiento no sería válido cuando el menor tiene menos de 16 años, con la excepción de que las dos personas tengan una similar edad y madurez.

   En concreto, el Código Penal dice que "el consentimiento libre del menor de dieciséis años, excepto en los casos del artículo 183.2 del Código Penal, excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este capítulo cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica".

   "Lo que viene a decir este artículo es que, aunque el consentimiento esté a los 16 años, las relaciones sexuales que puedan mantener adolescentes de 14 ó 15 años, con un nivel de edad y madurez similar, no es algo que suponga un delito, a no ser que haya agresión sexual de por medio", ha puntualizado Del Moral.

   En todo caso, la responsable de Políticas de Infancia de Save the Children recuerda que hasta 2015 la edad de consentimiento sexual se situaba en los 13 años.

   "Antes el consentimiento sexual estaba en los 13 años, se consideraba que una niña de 14 y un adulto de 40 era una relación sexual consentida, lo que podía servir para amparar abusos. Ahora, con esta legislación se eleva la edad de consentimiento para evitar esas situaciones, pero se tiene en cuenta que la sexualidad adolescente puede empezar antes de los 16 y tampoco se debe penalizar un desarrollo sexual acorde a la edad en el que no medie violencia", ha precisado Del Moral.

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