ZARAGOZA, 11 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Zaragoza ha condenado a nueve años de prisión a T.B.B., de 23 años, como autora de un delito de asesinato de su bebé recién nacido, por el que además tendrá que indemnizar al padre, José I.A.A. con 60.000 euros. El niño nació vivo y su madre le introdujo una gasa en la boca.
En el juicio, que se celebró con jurado a finales de octubre en la Audiencia Provincial de Zaragoza, la joven fue declarada culpable, aunque estimó que concurre la circunstancia agravante de parentesco y la atenuante de arrebato u obcecación, así como la eximente incompleta de trastorno mental transitorio. Asimismo, va a solicitar el indulto.
Según los hechos probados, la ahora condenada quedó embarazada en 2009 de su pareja sentimental, J.I.A.A. Ocultó el embarazo a su pareja y a sus padres, con quienes vivía en San Juan de Mozarrifar (Zaragoza).
Solo comunicó su estado a una amiga cuando se encontraba en avanzado estado de gestación, a quien manifestó que pretendía dar a la criatura en adopción. Tamara dio a luz el 3 de abril de 2010, en el cuarto de baño del domicilio de sus padres, a un niño vivo y en ningún momento pidió ayuda.
Inmediatamente después le introdujo al niño, "con intención de acabar con su vida, en la boca una gasa haciendo con ella una pelota y la empujó con los dedos hasta introducírsela en la laringe causándole la muerte por asfixia y, a continuación, envolvió el cadáver del niño en un albornoz y lo depositó en la repisa de una ventana que da a una terraza interior de la casa", conforme se relata en la sentencia.
El padre de la mujer, al ver que la luz del cuarto de baño permanecía encendida durante mucho tiempo, alertó a su esposa, B.M.B ,dirigiéndose entonces los dos al baño donde se encontraron a la mujer en medio de un gran charco de sangre manifestándoles ésta que se trataba de miomas que habían reventado. Así ocultó el parto.
La mujer, acompañada de su madre se dirigió al Servicio de Urgencias del Hospital Miguel Servet donde fue atendida por los facultativos que le sacaron los restos de placenta que aún quedaban en su interior. Aún así siguió negando el parto y solo reconoció tal hecho después de descubrirse el cadáver.
Finalmente fue el padre de la mujer quien descubrió el cadáver, tras recibir una llamada telefónica avisándole de lo ocurrido, buscando en el cuarto de baño y encontrando el albornoz que envolvía al niño en la repisa de la ventana. La mujer, en el momento de cometer los hechos, tenía sus facultades cognoscitivas y volitivas muy disminuidas.
El tribunal ha considerado este es un caso de asesinato porque ha habido una agresión violenta con ánimo de matar, alevosía y el resultado de muerte.
En la sentencia, el juez ha puesto de manifiesto que "es claro" que la ahora condenada "le introdujo la gasa en forma de pelota en la boca empujando con los dedos hasta introducírsela en la laringe (zona profunda de la garganta) sin que el niño recién nacido, que además era su propio hijo, tuviese la mas mínima posibilidad de defensa".
Sobre la atenuante y la eximente, el magistrado ha aludido al contexto familiar existente, en el que el padre se encontraba en paro, al igual que Tamara y su compañero, y la madre aportaba los únicos ingresos a la familia con su trabajo de limpiadora.