Qué permite y qué no un permiso de residencia: claves legales tras la advertencia de Bruselas sobre la regularización

Decenas de inmigrantes hacen cola en el Ayuntamiento de Valencia, a 5 de febrero de 2026, en Valencia, Comunidad Valenciana (España).
Decenas de inmigrantes hacen cola en el Ayuntamiento de Valencia, a 5 de febrero de 2026, en Valencia, Comunidad Valenciana (España).- Rober Solsona - Europa Press
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Actualizado: miércoles, 11 febrero 2026 17:12

   MADRID, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

   Los migrantes que accedan a la regularización extraordinaria que ha puesto en marcha el Gobierno podrán viajar dentro del espacio Schengen -países de la Unión Europea (UE), Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein- como turistas, con un límite de 90 días en seis meses, pero no residir ni trabajar.

   En este sentido, el abogado de Accem Francisco José Rojo explica en declaraciones a Europa Press que, según la legislación europea y española, las personas que tienen una residencia en España "solo pueden residir y trabajar en España". "No es un permiso que permita residir y trabajar en todo el territorio de la Unión Europea. A lo que sí que tendrían derecho es a viajar como turistas", subraya.

   Así lo pone de manifiesto después de que la Comisión Europea haya advertido este martes a España de que, aunque la regularización extraordinaria de migrantes es una competencia exclusiva del Gobierno de Pedro Sánchez, las autoridades nacionales deben también garantizar que su aplicación no tendrá "consecuencias negativas" en el resto de países de la Unión Europea.

   En un debate en el Parlamento Europeo, el comisario europeo de Migración, Magnus Brunner, avisó de que un "permiso de residencia no es un cheque en blanco" para desplazarse por el conjunto de la Unión Europea y recalcó que existen "reglas claras" que deben ser tenidas en cuenta a la hora de impulsar planes de regularización nacionales, por ejemplo que si se detecta a un beneficiario de la medida residiendo ilegalmente en otro Estado miembro "debe regresar al país en donde se otorgó el permiso".

    En esta línea, Rojo defiende que el proceso de regularización "no va a afectar al resto de países europeos". "Entendemos que es gente que su proyecto migratorio lo quiere desarrollar en España y esta medida lo que va a hacer es permitirle desarrollar este proyecto en situación de legalidad y poder acceder al trabajo en las mismas condiciones que el resto de personas que residen en España, afiliadas a la Seguridad Social y con un contrato de trabajo legal", argumenta.

PACTO EUROPEO DE ASILO LIMITARÁ MOVIMIENTOS SECUNDARIOS

   Igualmente, el experto en extranjería indica que el proceso de regularización "no tiene por qué afectar a desplazamientos" y añade que el Pacto Europeo de Migración y Asilo -que entra en vigor el 12 de junio de 2026- pretende evitar "movimientos secundarios". En concreto, establece que los solicitantes de asilo deben presentar la solicitud de protección internacional en el países de la UE de primera entrada, y permanecer allí hasta que se determine qué país es responsable de tramitar su solicitud.

   "No creemos que el hecho de que ahora se regularice a las personas que están aquí (España) vaya a producir un 'efecto llamada' y se incrementen estas llegadas, porque además está marcado este permiso en una cuestión temporal, que es personas que ya se encuentran en España antes del 31 de diciembre de 2025. Con lo cual, no afectaría a nuevas personas que lleguen posteriormente", expone.

   Asimismo, Rojo considera que la regularización está dentro del marco europeo, puesto que "las competencias en materia de extranjería responden a cada país de la Unión Europea".

   El Consejo de Ministros aprobó el 27 de enero iniciar el trámite de urgencia para regularizar de forma extraordinaria a más de medio millón de migrantes, tras un pacto entre PSOE y Podemos. El proyecto de Real Decreto modifica el Reglamento de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de las personas extranjeras en España.

   El texto, que no es definitivo, retoma el espíritu de la ILP, que fue respaldada por más de 700.000 firmas y tomada en consideración en el Congreso de los Diputados en 2024 por todos los grupos menos Vox, pero que ha permanecido bloqueada.

   Tras recibir 350 aportaciones y consultas durante el trámite de audiencia pública, que finalizó el viernes 6 de febrero, la Secretaría de Estado de Migraciones se encuentra trabajando en la actualidad para valorar e incorporar las propuestas recibidas a la mayor brevedad y continuar así con la tramitación urgente del Real Decreto.

REQUISITOS PRINCIPALES PARA ACCEDER AL PROCESO

   Según ha anunciado el Ejecutivo, el proceso estará dirigido a todos los extranjeros que se encontraran en España antes del 31 de diciembre de 2025 y que acrediten haber permanecido al menos cinco meses de forma continuada en España en el momento de presentar la solicitud. Estas circunstancias podrán acreditarse con cualquier documento público, privado o una combinación de ambos.

   En el caso de los solicitantes de protección internacional, bastará con que dicha solicitud se hubiera presentado antes del 31 de diciembre de 2025 y se pueda acreditar.

   Otro de los requisitos será no contar con antecedentes penales ni suponer una amenaza para el orden público. Las personas que participen en este proceso y acrediten el cumplimiento de los requisitos podrán acceder a una autorización de residencia en España con una vigencia inicial de un año. Transcurrido ese plazo, deberán incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería, lo que permite una integración plena y progresiva en el sistema.

   El alcance del proyecto se dirige principalmente a personas que ya se encuentran en España desde hace tiempo y que han quedado fuera de los cauces ordinarios de regularización, incluidas aquellas con solicitudes de protección internacional pendientes o denegadas que no han podido acogerse a las distintas figuras de arraigo. La medida se aplicará con carácter general, sin distinción de nacionalidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

   Por otro lado, el proceso permitirá la regularización simultánea de los hijos menores de las personas solicitantes que se encuentren en España, cuyo permiso será de cinco años.

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