Actualizado 29/05/2007 20:47

La Audiencia de Valencia otorga al padre la guardia y custodia de una menor en paradero desconocido

VALENCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) -

La sección décima de la Audiencia de Valencia ha acordado conceder la guardia y custodia de la menor de la localidad valenciana de Gandía, que se encuentra en estado desconocido desde el mes de febrero, al padre de la pequeña al considerar que es la persona la que "más beneficiará a la hija" con esta medida, según informó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en un comunicado.

El tribunal, en contestación al recurso presentado por la madre, ha decidido resolver en el mismo sentido que lo hizo anteriormente el juez de primera instancia e instrucción número 6 de Gandia, quien tramitó el divorcio de la pareja, según la misma fuente.

La sala, especializada en procesos de familia, recuerda en su sentencia, de acuerdo con el artículo 92 del Código Civil, que las medidas judiciales que se establezcan para el cuidado y educación de los hijos "deben adoptarse persiguiendo exclusivamente el interés y beneficio de los menores, para que resulten afectados de la menor manera posible por la separación de sus padres, dando preferencia al bienestar psíquico frente al nivel de confort material".

El tribunal considera que en este caso "resulta muy difícil tomar una decisión sobre cuál es el régimen de guarda y custodia más idóneo para la menor ya que, según las pruebas practicadas y los informes emitidos por distintos profesionales, ambos progenitores están plenamente capacitados para hacerse cargo del cuidado de su hija, que tiene un equilibrio emocional adecuado".

Por lo tanto, señala que la cuestión "debía dilucidarse considerando aquello que fuese más beneficioso para la menor", y en este sentido la sala considera "más beneficioso para la hija que permanezca bajo la guarda y custodia de su padre, como acordó el Juzgador de instancia.

Para ello atiende "fundamentalmente tanto a los citados informes periciales, coincidentes en este punto, como al hecho indiscutible de que con la madre, la hija se verá privada de su padre, como de forma incomprensible y reiterada ha hecho la misma, hasta el punto de preferir que la hija esté sin padre ni madre desde hace meses, concretamente desde enero de este año, escondida con alguna persona, pero sin la presencia tan fundamental de los padres, desoyendo y desobedeciendo las decisiones judiciales de la instancia, tanto en el orden civil como penal".

El tribunal asegura en su sentencia que la verdadera preocupación de la madre "no es tanto que la niña tenga el referente paterno, tan necesario para una hija, como el privar a su ex marido de todo contacto con la pequeña", lo que le lleva a estimar que la persona que más beneficiará a la hija con su guarda "es el padre, con el que se tiene garantizado todo contacto con el otro progenitor, no así al revés".