MADRID, 15 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros dio hoy luz verde a la modificación de varios artículos del Código Civil para permitir que los nietos de españoles nacidos en el extranjero puedan adquirir la nacionalidad española. Esta disposición se incluye en el proyecto de Ley de Adopción Internacional.
Según recuerda el Gobierno, el Código civil aún vigente exige, para optar a la nacionalidad española, que el padre o madre de quien la solicite haya sido originariamente español y, además, que haya nacido en España.
Con esta exigencia, los nietos de emigrantes españoles, cuyos padres no hayan nacido en España, no pueden acceder a la nacionalidad española. La reforma del Código Civil que se persigue con esta Ley elimina el requisito del nacimiento en territorio español de los padres, con lo cual, se permite que sus hijos, nietos del español que emigró, puedan acceder a la nacionalidad española.
Según explicó el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, resulta muy difícil valorar cuántas personas se acogerán a esta normativa, dado que se trata de un "derecho opcional". No obstante, calcula que se trata de un colectivo "reducido" y de adultos entrados en la madurez.
De esta manera el Gobierno da cumplimiento al mandato que recogía la ley de 16 de diciembre de 2006 denominada Estatuto de los Derechos de los españoles en el extranjero.
Por otra parte, se introduce un nuevo artículo 20 bis para permitir optar a la nacionalidad española de origen a los hijos de españolas que perdieron su vínculo legal con este país al contraer matrimonio con un extranjero. De esta forma, se trata de eliminar la histórica diferenciación de trato de los hijos, vigente antes de la entrada en vigor de la Constitución.