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MADRID, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha presentado al Gobierno un documento donde se recogen una serie de medidas para favorecer la inclusión laboral de las personas con discapacidad sobrevenida, entre las que destaca el necesario mantenimiento de su empleo y, como consecuencia, la adaptación del puesto de trabajo según sus circunstancias.
De esta forma, el Comité propone la adaptación de la regulación vigente a la Directiva de la Comisión Europea sobre Igualdad de Trato en el Empleo y la Ocupación, y a la Convención de la ONU, ya que la normativa actual se basa en la extinción del contrato laboral cuando un trabajador es declarado en situación de invalidez permanente, con la excepción de permanecer en situación de suspensión.
Por ello, el CERMI propone que los trabajadores con discapacidad sobrevenida mantengan su empleo, suspendiéndolo mientras no haya un puesto adecuado, con las adaptaciones y ajustes razonables que sean precisos, sin que la discapacidad o incapacidad reconocida constituya una causa de extinción de su contrato de trabajo. "Sólo se extinguiría cuando sea imposible encontrar o adaptar su puesto", concluye.
En este sentido, ha planteado la supresión de la extinción del contrato de trabajo en el caso de invalidez permanente total o absoluta, incluida la gran invalidez, "con la obligación de la empresa de dar ocupación efectiva al trabajador afectado en otro puesto de trabajo distinto al correspondiente a su profesión habitual, en el caso de la total, o en puesto compatible con su incapacidad, en el caso de la absoluta".
Además, plantea que, si en la fecha de declaración de la invalidez, la empresa carece de puesto de trabajo adecuado o éste no ha sido adaptado, "debería darse un plazo, que puede ser de duración similar al que existe hoy para el supuesto de pronóstico de mejoría, que es de dos años o, incluso, aumentarlo a cuatro años, para que se produjera la vacante".
Por otra parte, el CERMI considera "necesario" mejorar el porcentaje de reducción o bonificación del 50 por ciento en la cuota empresarial a la Seguridad Social, así como ampliar los supuestos en los que está prevista actualmente, con el fin de incentivar el mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad sobrevenida, siguiendo la línea que la legislación española está trazando con el cambio de puesto de trabajo de aquel trabajador con un diagnóstico de enfermedad profesional.
Por último, la organización demanda ayudas dirigidas a compensar a las empresas y los trabajadores los gastos derivados de la adaptación adecuado de los puestos de trabajo y la accesibilidad de los centros que podían ser financiados con cargo al fondo de prevención y rehabilitación establecido en la Ley General de Seguridad Social.
Según el 'Estudio sectorial. Discapacidad Sobrevenida', realizado por Fundosa Social Consulting en 2006, un 44 por ciento de las personas encuestadas no volvieron a trabajar tras su discapacidad. Por su parte, del 56 por ciento que sí que volvió a trabajar, "casi una tercera parte, no lo hace actualmente".