MADRID, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Fiscal del Tribunal Supremo (TS) ha solicitado este miércoles que se absuelva por el delito de provocación a la discriminación y al odio racista a los cuatro responsables de la desaparecida librería Kalki de Barcelona y de una editorial de Molins de Rei (Barcelona) por vender material de ideología nazi, condenados en 2009 por la Audiencia Provincial de Barcelona.
Así se ha manifestado la Fiscal en la sala segunda del alto tribunal, en la que se ha celebrado una vista, al explicar que esta petición se basa en que no existe un acto concreto de discriminación, ya que la divulgación de las publicaciones en las que se exaltaba el régimen nazi no incitan "de manera directa" a un caso directo de discriminación, aunque sí de difusión.
En esta línea, ha indicado que solicitan esta absolución porque la interpretación de este precepto exige un acto concreto de discriminación, y la fiscal destaca que la publicación de los textos "no se puede tipificar" en este delito.
La Sala que ha deliberado sobre este asunto ha estado integrada por los magistrados Adolfo Prego, Andrés Martínez Arrieta, Alberto Jorge Barreiro, Diego Ramos y Miguel Colmenero, que ha ejercido de ponente.
En concreto, la fiscal solicita que se retire este delito de los tres por los que se condenó a los cuatro imputados, con lo que se pide la retirada de provocación a la discriminación y al odio y a ejercer la violencia contra grupos por motivos racistas antisemitas o referentes a ideologías, religión, creencias o pertenencia a etnia, raza, origen nacional, sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, previsto en el artículo 510.1 del Código Penal, que condenaba a un máximo de 1 año y tres meses a los imputados, y una multa máxima de ocho meses.
El resto de delitos de los que se les acusa se refieren a la justificación del genocidio nazi y la asociación ilícita creada para fomentar el odio y la discriminación, como miembros activos en tres de los casos, con los que la fiscal se ha mostrado de acuerdo.
Así, se condenó a Ramon B.F., presidente del neonazi Círculo de Estudios Indoeuropeos (CEI), a tres años y medio de prisión y a pagar 6.000 euros de multa por la difusión de ideas genocidas, un delito contra los derechos humanos y otro de asociación ilícita.
Asimismo, la Audiencia impuso a Óscar P.G., propietario de la librería y dirigente del CEI, la pena de tres años y medio de cárcel y una multa de 3.600 euros por los mismos tres delitos.
Carlos G.S., dirigente del CEI, fue condenado por los mismos delitos a tres años de prisión y 3.240 euros de multa, mientras que el cuarto acusado, Antonio L.S., propietario de la editorial, fue castigado con dos años y medio de cárcel y 2.400 euros de multa por difusión de ideas genocidas y un delito contra los derechos humanos.
LOS TEXTOS, EN LA BIBLIOTECA NACIONAL
Por otro lado, las defensas de los cuatro acusados han destacado que "todas las obras cuentan con ejemplares en la Biblioteca Nacional" y pueden ser consultados por los usuarios, por lo que no se le puede reprochar a un librero el hecho de que decida comercializar con estas materias.
Así, han destacado que son dos cosas distintas que uno profese la ideología nacional-socialista que lo que se atribuya en concreto a cada persona, así han indicado que los acusados nunca hicieron "campañas fascistas o manifestaciones".
Por su parte, el abogado de SOS Racismo y Amical Mathausen, que se personaron en el juicio como acusaciones populares, y en la vista de este miércoles, ha indicado que espera que casos como este sienten "jurisprudencia" ya que, considera que el artículo 510 se está vaciando de contenido y los diferentes criterios ante su interpretación y aplicación está debilitando la lucha contra el discurso del odio mientras abre las puertas al discurso racista y xenófobo.
Ha destacado que la suma exigida a los condenados es "ridícula" en atención a los delitos cometidos, y ha indicado que no se puede permitir que "se llegue a ese nivel de violencia, no estamos en 1939, en la Noche de los cristales rotos".
Por otro lado, ha indicado que dentro del CEI existía un círculo interno denominado 'La orden', a la que pertenecían los acusados, que "intentaba emular a la guardia pretoriana" del dictador alemán, Adolf Hitler, en la que se establecían incluso sus diferentes estamentos.
SENTENCIA DE 2009
La sentencia dictada en octubre de 2009 por la Audiencia de Barcelona consideraba probado que, entre enero y julio de 2003, los condenados vendieron, a través de la librería ubicada en la calle Argenter del barrio de Sant Pere y de su página web, todo tipo de publicaciones en las que se justificaba y exaltaba el régimen nazi y se incitaba al genocidio del pueblo judío.
Según el tribunal, algunos de los libros y revistas incautados en la librería y los domicilios particulares también incitaban a la discriminación, la exclusión y la eliminación de distintos grupos raciales y sociales mientras que exaltaban y justificaban los regímenes fascistas totalitarios basados en la supremacía de la raza aria, a la vez que algunos documentos ridiculizan o banalizan el Holocausto, lo que, para los magistrados, equivalía a justificarlo.
El CEI, fundado en Valencia en 1997 por Ramón B.F., promovía esta ideología y tenía como lema 'Hermandad Aria', y como símbolo, las iniciales de éste, H y A, que coinciden con las de Adolf Hitler.
Además, se obligaba a todos sus miembros a vestir de uniforme, con camisa parda y pantalones y botas militares, además del brazalete con el símbolo de la entidad. Los dirigentes del grupo pretendían ser una especie de 'Estado Mayor', autodenominado 'SS', que pudiera imponer un sistema fascista en cualquier lugar de Europa aunque fuera militarmente. El juramento para pertenecer al grupo paramilitar prometía fidelidad eterna a Hitler y sus ideas.