IU propone que el orden de los apellidos de los hijos en caso de desacuerdo sea aleatorio y no alfabético

Bebé
EP/REMITIDO
Europa Press Sociedad
Actualizado: martes, 29 marzo 2011 21:01

MADRID 29 Mar. (EUROPA PRESS) -

Izquierda Unida propone que, en caso de desacuerdo entre los progenitores, el orden de los apellidos de los hijos al inscribirlos en el Registro Civil no siga el alfabeto automáticamente, sino que se introduzca algún elemento aleatorio para fomentar ese acuerdo. Su solución es que lo determine el funcionario utilizando un criterio de orden alfabético ascendente o descendente de manera alternativa.

En concreto, en una de sus enmiendas presentadas al proyecto de Ley de Registro Civil, a las que tuvo acceso Europa Press, Izquierda Unida propone que en esos casos de desacuerdo el encargado del Registro priorice en una inscripción el apellido cuya letra inicial se sitúe antes en el alfabeto, y en la siguiente inscripción prime el apellido cuya letra inicial sea posterior.

El proyecto del Gobierno establece que, en caso de desacuerdo, automáticamente se primará el apellido cuya inicial vaya primero en el alfabeto. Para IU, es "conveniente" introducir algún factor aleatorio que permita incentivar los acuerdos porque se podría dar el caso de que un progenitor con un apellido que alfabéticamente resulta prioritario busque el desacuerdo para lograr que su apellido salga adelante.

Es más, apunta que un segundo "efecto lógico" del texto del proyecto es el hecho de que finalmente terminarían incrementándose los apellidos que comiencen con letras situadas al principio del alfabeto, en detrimento de los demás apellidos. "Esta evolución puramente burocrática no parece que sea deseable desde un punto de vista de evolución histórica y genealógica", agrega IU.

CAMBIO DE APELLIDOS EN SITUACIONES EXCEPCIONALES

Por otro lado, el proyecto señala que en caso de que el solicitante de la autorización del cambio de sus apellidos sea víctima de violencia de género, y en cualquier otro supuesto en que la urgencia de la situación así lo requiera, podrá acceder al cambio por Orden del Ministerio de Justicia.

En este punto, IU pide que se extienda la posibilidad de cambio de apellidos a aquellos hijos que vivan o hayan vivido en hogares en los que se haya podido dar tal situación, así como a los hijos abandonados o a aquellos cuyo progenitor o progenitores se hayan visto privados de la patria potestad mediante sentencia judicial firme.

En su opinión, aunque legalmente no tengan la consideración de víctimas de violencia de género, cree que es "evidente" que los hijos que han conocido esta lacra social hacia sus madres son también víctimas de la misma.

"Como tales han de tener la misma facilidad y agilidad que la víctima directa de las acciones violentas para el cambio de sus apellidos, probablemente mediante la sustitución del apellido del maltratador", esgrime.

RECONOCIMIENTO PARA VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO Y GUERRA CIVIL

Por otro lado, IU ha presentado una tercera enmienda de adición a este proyecto de Ley por el que quiere añadir al texto del Gobierno una nueva disposición final para que, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la normativa, se regule reglamentariamente el procedimiento administrativo mediante el que se facilite a las víctimas de la Guerra Civil española o del Franquismo hasta ahora no contemplados.

En concreto, plantea la inscripción en el Registro Civil de aquellas personas que hubiera sido desaparecidas y sus datos no constaran en el mismo, además de la rectificación de los datos y circunstancias relativas a la causa de fallecimiento que pudieran aparecer en el mencionado Registro; así como el asesoramiento jurídico gratuito a las familias de personas desaparecidas, al objeto de su correcta inscripción en dicho registro.

A este respecto, promueve que el procedimiento contemple la posibilidad de que las solicitudes de inscripción o rectificación sean realizadas bien por parientes de las personas desaparecidas, bien por los ayuntamientos en los que hubieran estado censadas o empadronadas en algún momento.

Asimismo, cree que deberá recogerse la validez, a los efectos de acreditar la realidad de los datos que se pretenden inscribir, del máximo de documentos oficiales o de testimonios racionalmente accesibles.

UN ELEMENTO MÁS PARA LA REHABILITACIÓN Y RECONOCIMIENTO

A juicio de IU, la constancia en el Registro Civil de este colectivo es un "elemento más" de rehabilitación, reconocimiento y recuperación de la memoria histórica, a favor de todas aquellas personas que, como consecuencia de su actitud de defensa de la ilegalidad republicana o de la recuperación de libertades, fueron hechos desaparecer durante la Guerra Civil o posteriormente.

De hecho, subraya que hay constancia de que, pocos días después del inicio del golpe de estado encabezado por Franco, se dictaron instrucciones para que no se inscribieran en los Registros Civiles los fallecimientos de las personas asesinadas, "con la clara intención de dejar el menor rastro posible del genocidio que estaban cometiendo".

Si bien, apunta que "es cierto" que con posterioridad hubo la posibilidad de registrar la muerte de las personas asesinadas, siempre y cuando se hiciera constar que se les daba por "desaparecidos a consecuencia de la guerra", "aceptando falsear" la causa de la muerte, a cambio de recibir una pensión de viudedad o evitar realizar el servicio militar de sus hijos mayores.

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