Actualizado 01/02/2010 14:58

Junta andaluza tacha de "barbaridad" la sentencia del TS que rebaja 4 años a dos violadores porque no hubo lesiones

ALMERÍA, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -

La consejera para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía, Micaela Navarro, tachó hoy de "auténtica barbaridad" la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que ha rebajado en cuatro años de prisión la pena de 18 años y seis meses de prisión impuesta a dos violadores en octubre de 2004 por violar a una joven en Albox (Almería), al no ser condenados por lesiones ya que las sufridas por la víctima "no exceden de las naturales secuelas que conllevan esas conductas criminales".

En declaraciones a los medios, Navarro afirmó que desde el "respeto" a la sentencia, "la perplejidad es total y absoluta", porque, según argumentó, "no hay que ver hasta dónde han llegado las lesiones, pues el simple hecho de que alguien ponga la mano encima de otra persona en contra de su voluntad es suficiente para que haya una condena". "En este tipo de casos no se puede ir en función del daño físico que se ha hecho, porque hay otro daño muy superior a eso", sentenció.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, remarca que en el fallo de origen, que impuso un año de cárcel a lo acusados por este delito, no se hace mención a "ese eventual exceso de las consecuencias de carácter emocional" al tiempo que revoca la pena de cuatro de años por un delito de detención ilegal ya que, según sostiene el tribunal, "la mecánica comisiva" de la agresión sexual "requería de modo natural el apartamiento a una zona menos transitada, aunque sólo fuera para asegurar la impunidad evitando la presencia de testigos".

El Supremo fija, así, sendas penas de 14 años y seis meses de cárcel para M.A.A.V. y J.C.Z.V al aplicar concurso medial entre el delito de agresión sexual y el delito de detención ilegal ya que, según subraya retuvieron a la joven "como medio necesario" para cometer la violación y por el "escaso tiempo requerido" para que ésta se consumara sin que nadie "hubiese podido intervenir el auxilio de la víctima o avisar a los agentes" de la autoridad por ser estar "apartado" el descampado de la "zona urbana de viviendas".