Actualizado 30/11/2007 20:27

La Junta Electoral Central recalca que cada candidatura al Senado también deberá incluir una o dos mujeres

MADRID, 30 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) ha hecho público hoy un acuerdo en el que recalca que, conforme a los establecido en la Ley de Igualdad, cada candidatura al Senado debe incluir una o dos mujeres aspirantes.

La legislación electoral establece que para el Senado, donde rige el sistema de las listas abiertas, cada provincia (a excepción de las insulares) elegirá cuatro senadores y cada partido o coalición propondrá un máximo de tres candidatos.

El PNV había preguntado si en las candidaturas al Senado también debe aplicarse la reforma introducida por la Ley de Igualdad, donde se estableció que en las listas al Congreso debe incluirse un mínimo del 40 por ciento para cada sexo en cada tramo de cinco candidatos.

En su respuesta, recogida por Europa Press, la Junta Electoral responde que esas candidaturas a la Cámara Alta también deberán tener una composición equilibrada entre hombres y mujeres para que la proporción entre unos y otros sea lo más cercana posible al equilibrio numérico. Ello supone que, de cada tres candidatos, una, como máximo dos, deben ser mujeres.

Además, precisa que esas reglas establecidas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) deberán aplicarse distinguiendo entre la lista de candidatos y las eventuales listas suplentes, y hacerlo de forma independiente.