Actualizado 29/06/2007 20:41

Mujeres Juristas critica la pasividad de fiscales y abogados del Estado en los procesos penales de violencia de género

MADRID, 29 Jun. (EUROPA PRESS) -

La asociación de Mujeres Juristas Themis criticó hoy en un comunicado la "pasividad" de fiscales y abogados del Estado en los procesos penales de violencia de género. Esta es una de las conclusiones aprobadas en la Asamblea General de la organización. En todo caso, asegura que la Ley Integral contra la Violencia de Género es una "buena" herramienta.

Por un lado, critica a los representantes del Ministerio Fiscal por no solicitar diligencias de prueba para la solicitud de órdenes de protección o por no acudir a aquellas audiencias en las que estas diligencias ya están admitidas. Se deniegan pruebas de valoración psiquiátrica o psicológica que puedan determinar los daños producidos en las víctimas.

Por el otro, señala que en los casos de homicidios en los que se persona Themis como acusación particular, se ha detectado que el Abogado del Estado, en ejercicio de la acción popular en nombre de la Delegación Especial contra la Violencia sobre la Mujer, tiene una posición totalmente pasiva.

De nuevo en relación a las órdenes de protección, las juristas lamentan que a pesar de la existencia de lesiones, documentadas en partes médicos, hay Juzgados que siguen sobreseyendo las actuaciones en caso de perdón por parte de la víctima.

"No se han puesto en marcha en general las Unidades de Valoración previstas en la Ley Integral, lo que es imprescindible para la persecución de delitos de violencia psíquica de forma habitual y la solicitud de indemnizaciones por secuelas psicológicas. Igualmente son de gran importancia para la valoración de la situación objetiva de riesgo", añaden.

Igualmente, advierten de que en las órdenes de protección se siguen sin suspender las visitas del maltratador con los/as menores -en caso de que se acuerden medidas civiles-, limitándose en supuesto de acreditación indiciaria de comisión de delito o falta a la adopción de medida de alejamiento, con independencia del grado de riesgo que corra la víctima.

Asimismo, apunta que al no estar regulado en concreto el procedimiento de orden de protección, la casuística en cada uno de los Juzgados es muy variada, con la consiguiente inseguridad jurídica, e incluso indefensión" que esto provoca.

Junto a ello, señala que los Juzgados de Instrucción - de guardia los fines de semana - son "muy reacios" a acordar medidas civiles en las órdenes de protección, limitándose a dictar un alejamiento -en caso de concesión-. "En algunos Juzgados se continúa notando el trato de favor que se sigue otorgando a los maltratadores", añade.

En definitiva, han detectado falta de formación en género en todos los operadores jurídicos y necesidad de especialización en los Juzgados de lo Penal por la importancia que tienen a la hora de resolver en muchos procedimientos de violencia de género.